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Página:El origen de la familia, de la propiedad privada y del estado - IA BRes041442.pdf/127

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POR FEDERICO ENGELS

es exactamente la misma, por medio de la cual los republicanos radicales burgueses toman el pelo á los proletarios. El contrato del trabajo debe ser un contrato libremente consentido por ambas partes. Pero se presume libremente consentido desde el momento en que la ley estatuye en el papel la igualdad de las dos partes. La fuerza que la diferencia de su situación de clase da á una de las partes, la presión que ésta ejerce sobre la otra, la condición económica real de ambas: esto no le importa á la ley. Y mientras dura el contrato de trabajo, sigue la presunción jurídica de que las dos partes continúan disfrutando de iguales derechos, en tanto que una ú otra no los hayan renunciado expresamente. Que el estado económico de cosas obligue al obrero á renunciar hasta á la última apariencia de igualdad de derecho: la ley no tiene nada que ver en eso.

Respecto al matrimonio, hasta la ley más perfecta se satisface por completo desde el punto y hora en que los interesados han hecho inscribir formalmente en el acta su libre consentimiento. En cuanto á lo que pasa fuera de las bambalinas jurídicas donde se representa la vida real, y de qué manera se obtiene ese consentimiento, ni la ley ni el legista pueden preocuparse de ello. Y sin embargo, la más sencilla comparación del derecho debiera mostrar al jurisconsulto lo que pasa con esa libertad del consentimiento.