En los países donde la ley asegura á los hijos una porción legítima de la fortuna paterna, y donde, por consiguiente, no pueden ser desheredados (en Alemania, en los países que siguen el régimen del derecho francés, etc.), los hijos necesitan el consentimiento de los padres para contraer matrimonio. En los países donde se practica el derecho inglés, donde el consentimiento paterno no es una condición legal del matrimonio, los padres gozan también de una absoluta libertad de testar, y pueden desheredar á su antojo á sus hijos. Sin embargo, claro es que pesar de eso, y aun por eso mismo, la libertad para contraer matrimonio no es, de hecho, ni un ápice mayor en Inglaterra y en América en Francia y en Alemania.
No anda mucho mejor lo de la igualdad jurídica de los derechos del hombre y de la mujer en el matrimonio. Su desigualdad legal, que hemos heredado de condiciones sociales anteriores, no es causa sino efecto de la opresión económica de la mujer. En el antiguo hogar doméstico comunista, que encerraba numerosas parejas conyugales con sus hijos, la dirección de la casa, confiada á las mujeres, era también una industria pública, socialmente tan necesaria como el cuidado de proporcionar los víveres, que se confió á los hombres.
Las cosas cambiaron con la familia patriarcal y aún más con la familia individual monogá-