cerca) el derecho materno había sido reemplazado por el derecho paterno: los hijos heredaban al padre; á falta de ellos, sucedían los hermanos y los tíos por ambas líneas, paterna y materna. La admisión del hermano de la madre á la herencia coincide con el mantenimiento de la costumbre que acabamos de recordar y prueba también cuán reciente era aún entre los germanos el derecho paterno. Encuéntranse huellas del derecho materno en plena Edad Media. En aquella época no parece que había gran confianza en la paternidad, sobre todo entre los siervos; por eso, cuando un señor feudal reclamaba á una ciudad algún siervo suyo huido, necesitábase en Augsburgo, en Basilea y en Kaiserslauten (por ejemplo) que la calidad de siervo del perseguido fuese afirmada bajo juramento por seis de sus más próximos parientes consanguíneos, todos ellos por línea materna (Maurer, Staedteverfassung, I, pág. 381).
Otro resto del matriarcado apenas desaparecido era el respeto, casi incomprensible para los romanos, que los germanos profesaban al sexo femenino. Las doncellas jóvenes de las familias nobles eran conceptuadas como los rehenes más seguros en los tratos con los germanos. La idea de que sus mujeres y sus hijas podían quedar cautivas ó ser esclavas, era terrible para ellos y era lo que más excitaba su valor en las batallas. Veían en la mujer una cosa como pro-