gistraturas se llama abdicacion cuando es voluntario; deposicion cuando es forzado. Si un ciudadano renuncia voluntariamente á su patria, abdica; si huye para sustraerse á la influencia de leyes tiránicas, emigru; si émigra cuando el pais puede tener necesidad de su persona, deserta; y si va á reunirse con los estrangeros para pelear contra sus compatriotas, entonces se convierte en enemigo. Coriolano, el condestable de Borbon, y todos los emigrados que se le parecen, son tránsfugas. El abandono de un pais puede ser forzado, y toma el nombre de destierro cuando es temporal y la interdiccion no va mas allá de las fronteras: Atenas, Roma y todas la repúblicas de la antigüedad han conocido el estracismo: ninguno ha perseguido nunca al desterrado en el lugar que ha elegido para su refugio; pero el destierro toma el nombre de confinamiento cuando tiene un lugar determinado, y ademas la persona que lo sufre se encuentra bajo la vigilancia del poder: asi desterraba á sus enemigos la aristocracia de Venecia. Si el poder que destierra no es legal, ó la ley en cuyo nombre impera es obra de una faccion, el confinamiento toma el odioso nombre de proscripcion. Este género de destierro conviene admirablemente á los tiranos que quieren estender demasiado sus prerogativas; este fué el que eligieron Pisistrato, Sila, los triunviros, Tiberio y sus innumerables imitadores.
El contrato que une al ciudadano con la ciudad es sinalagmático: si la ciudad lo viola el ciudadano abdica: si lo viola el ciudadano, entonces la ciudad destierra al ciudadano. El romano que repudiaba la república, renunciaba á los privilegios anejos al título de ciudadano: cuando Roma repudiaba á uno de sus hijos, le prohibia el uso del agua y del fuego dentro de su territorio. La raquítica república de Ginebra privó á Rousseau de sus derechos de ciudadano: el inmortal filósofo abdicó su ingrata patria y la privó con su ausencia del brillo de su ilustracion y de sus talentos.
En los paises que admiten la esclavitud ó ese género de servidumbre que sujeta al hombre á la tierra á que está adherido, el ciudadano no puede abdicar su libertad y hacerse esclavo voluntario, contrato ilegal cuya infamia habian procurado atenuar los hebreos, señalándole una duracion determinada. Algunos estados han fundado la patria potestad tomando por modelo el despotismo, para establecer despues el despotismo, para establecer despues el despotismo sobre las bases de la autoridad paternal. Entonces el padre puede abdicar su hijo, y esta abdicacion deshereda lo mismo que la desheredacion espresa, y ademas puede escluir al hijo de su propia familia.
El contrato que une al pueblo con el monarca es tambien sinalagmático, y cuando este contrato se viola, hay entre la abdicacion y la deposicion la misma correlacion que mas arriba observamos respecto del ciudadano y la ciudad. Asi es que en Venetia el senádo decidió que los compromisos contraidos entre el pueblo y el príncipe eran recíprocos y que el dux Cornaro no podía abdicar por la razon de que Malipiero habia decidido que el príncipe no podia ser depuesto en ningun caso. Sin embargo de esto, pocas príncipes tuvieron el valor necesario para desterrarse del trono y despedir á sus aduladores. Tambien han sido pocos los pueblos que han tenido fuerza suficiente para derrocar la tiranía y reconquistar sus libertades. Algunos filósofos no atendiendo sino á los deberes que impone la dignidad real, han dicho que abdicar era desertar: los príncipes, por regla general, parece que párticipan de esta opinion, y limitan sus cuidados á tener larga vida y morir en paz y en su puesto. Los que no han observado que los derechos del poder forman el elogio de los reyes que se despojan de ellos, no tienen en cuenta para cosa alguna las circunstancias que preceden á la abdicacion: no ven que la mano que deja escapar el cetro no es bastante fuerte para sostenerlo, y que el temor de caer del trono es á veces lo que da valor para bajar de él.
Para bdicar sin temores, sin ostentacion ni orgullo, es preciso ser algo mas que un rey: se necesita ser un hombre grande. Pitaco abdicó la soberanía de Mitilene «horrorizado de ver á Periando convertido en tirano de Corinto, despues de haber sido su padre» Sila, cuya felicidad insultaba á la Providencia, abdicó sin temor y se durmió sobre su espada, teñida aun con la sangre de las innumerables víctimas que habia causado.
Pero otras abdicaciones son hijas de una necesidad ó de la flaqueza moral del individuo. Diocleciano cedió el trono á las intrigas y los manejos de Galerio, y si mereció algun elogio, no fué tanto por haber abandonado el imperio, como por no haber deplorado su pérdida. Cristina de Suecia (1654) apenas habia abdicado su trono cuando ya suspiraba por él de nuevo, al paso que codiciaba el de Polonia, y el asesinato de Monaldeschi en el palacio de Fontainebleau prueba que todavía conservaba algunos de los hábitos del poder.
Dícese que la falta de seguridad personal es la que retrae muchas veces á los usurpadores de abdicar el trono: y á este fin se citan las palabras de Periandro á los corintios, que le instaban á abandonarlo. «Tan peligroso es para un tirano bajar del trono como caer de él á viva fuerza:» y la respuesta apócrifa de Cromwell á su esposa, que le instaba á abdicar en favor de Cárlos II: «Puesto que Estuardo quiere olvidar lo que he hecho por su padre, no es digno de la corona que me pide.» En semejantes circunstancias, ¿qué monarca es bastante insensato para decidirse á obrar bajo la salvaguardia de algunos ejemplos engañosos? Es precio consultar la naturaleza de los tiempos y el espíritu de los pueblos: cuando