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228 HISTORIA

do[1] y porque comprendió la utilidad que traeria para los naturales. Esto contribuyó. mas que otra consideracion, á que tomara empeño decidido por llevarla á remate, como logró alcanzarlo.

En este cambio contínuo de residencias, en que sufrieron tanto los de Orizaba, fuéles muy duro, que al regresar forzosamente esta segunda vez, perdieran el derecho á ser reconocidos como pueblo, título que obtuvieron desde 1531[2].

  1. D. Antonio de Mendoza. Decia este á Velasco en la Instruccion secreta que con el título de Relacion, Apuntamientos y Avisos, le dejó, al entregarle el mando en 1550: “Viendo las estorsiones y molestias que se hacian á los indios sobre que si se iban de un pueblo á otro los traian de él por fuerza y contra su voluntad, donde á poco tiempo que vine á esta tierra mandé que los indios como personas libres y vasallos de S. M. viviesen donde quisieren é por bien tuvieren, sin que se les hiciese fuerza; siendo informado desto S. M. mando que así se guardase. Despues proveyó que los indios se junten é vivan juntos, queriendo dar esta orden estando ya el pueblo junto ha acaecido amanecer sin ninguno (como en Izhuatlan, véase la pág. 218) de manera que lo uno contradice á lo otro; de tener slo indios libertad que se vayan de un pueblo á otro redunda inconveniente, porque es muy ordinario entre ellos en cumpliéndose el tributo que deben, ó mandándoles que entiendan en alguna obra pública, ó queriéndolos castigar por amancebados y que hagan vida con sus mugeres pasarse á otro pueblo. Esta es la vida que traen y á los que por estas causas se iban, yo mandaba á las justicias que siendo así diesen orden como los tales indios se volviesen á sus pueblos, V. S. mire bien este negocio para que no se provea en él de golpe, sino después de bien entendido poco á poco lo que le pareciere que conviene” etc.-Coleccion de las Instrucciones que los Vireyes de Nueva-España dejaron á sus sucesores. Pág. 236.
  2. Véase la pág. 191.