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En cuanto á su bibliografía se reduce á unos cuantos informes que quedan consignados en el texto de la obra.

Murió en 1830.


II JOSÉ DE PASSAMÁN [1]

De las Universidades de Paris y Montpellier.
Profesor de Cirugía.
Inspector de Policía Médica.
Médico de hospitales.


El Cirujano José de Passamán, vino á Chile, contratado por Egaña, para reemplazar á su compatriota Grajales en la cátedra de cirugía, el año 1825.

Anatomista, fisiólogo según las doctrinas de Broussais, literato y hablista, de fisonomía distinguida é insinuante carácter, pudo conquistarse, desde su llegada, un numeroso grupo de amigos y admiradores, lo que le dió facilidades para ligarse á la vida política acompañando á la oposición pipiola.

En las rudas conmociones que sufrían los partidos, Passa-

    mandar por el presente, que dentro del término de ocho dias presenten sus títulos médicos, cirujanos latinos y romancistas, farmacéuticos y flebótomos para que reconocidos hagan el examen de la Lei, en que se les dispensa todo gasto, propina o emolumento sobre el concepto de que pasados sin cumplir este decreto se les impondrá irremisiblemente a los que continuaren ejerciendo sin rivalidacion o habilitacion las penas de la pracmática hasta el extrañamiento; y para que tenga su efecto notifíquese i en persona a los profesores por las adjuntas listas y con el oficio correspondiente, suplique al Supremo Gobierno su inserción en la Ministerial—Doctor Ensebio Oliva.

    Pocos días después el Director O'Higgins y el Ministro Echeverria mandaron insertar el decreto del Dr. Oliva, en la Gaceta Ministerial, añadiendo que la Superioridad protejerá cuantas providencias dé el Tribunal del Protomedicato, según sus leyes, en favor de la salud pública y para adelantamiento de las profesiones respectivas.

    El 18 de Junio de 1823, el Gobierno, por quejas del Dr. Cox, publicó un decreto, insistiendo en que el protomedicato siga observando extrictamente las leyes relativas al ejercicio de la medicina, y que obligue á los médicos extranjeros á presentarse á nuevo examen,—considerando como á tales á los que no fuesen naturales de Chile, por nacimiento ó adopción—reservándose tomar cuenta severa de cualquiera falta de cumplimiento de las disposiciones relativas á tan importante materia.—Toma de razón de Decretos.—1817-1828.—Arch. Gral. de Gobierno.

  1. Los datos biográficos del Dr. Manuel Julián Grajales, están consignados en el capítulo sobre la viruela.