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cepción pasó á Santiago á solicitar del ayuntamiento la entrega del hospital en cumplimiento de las órdenes del difunto gobernador; más, el Cabildo se negó á cumplir la orden, pues la obedecieron pero sin darle cumplimiento, como reza la curiosa resolución que transcribimos entre los documentos siguientes, tomados de la sesión de 18 de Abril de 1617:

Títulos del Hospital.—En la ciudad de Sanctiago de Chille, en diez y siete dias del mes de abril del el año de mill y seiscientos y diez y siete, ante el Cabildo, Justicia y Regimiento desta dicha ciudad y por ante mí el escribano se presentó esta petición con las provisiones que hace mención.

Fray Gabriel de Molina, hermano mayor de los que venimos á este reino de la Orden de nuestro padre el beato Joán de Dios, ante V. S. parezco y digo: que yo y tres compañeros hermanos venimos de la ciudad de los Reyes enviados por el señor Virrey y por el hermano mayor fray Francisco López, á pedimento del señor presidente y gobernador Alonso de Ribera, que sea en gloria, para administrar los hospitales deste dicho reino, conforme á la advocación de nuestro instituto, y nos presentamos ante Su Señoría, el cual nos entregó el hospital de la ciudad de la Concepción y dió título para que se nos entregase el desta ciudad con las condiciones que en el dicho título se contienen, que presento, y para que se mande guardar y cumplir con esta real provisión que asimismo presento.

A V. S. pido y suplico se sirva de mandarnos entregar y entregue el dicho hospital para que desde luego acudamos á los ministerios de nuestra profisión en él, de que resultará mucho servicio á Dios, nuestro señor, y bien de los pobres.—Fray Gabriel de Molina.

Y visto por Su Señoría el dicho pedimento, dijeron: que á Su Señoría le es notorio el grande bien que el hospital rescibiera de que se cumplieran las provisiones que tienen presentadas, por la utilidad dél y porque al presente se ha visto y el tiempo pasado el gran daño que tiene y la diminución en que ha ido el dicho hospital y el poco refrigerio y cuidado que se tiene con los enfermos y nescesidades que en él pasan, y que, por haber muerto el señor presidente y gobernador Alonso de Ribera, que la despachó, y no estar confirmadas por el señor Gobernador, las obedecen, y en cuanto á su cumplimiento no ha lugar y que ocurra á pedir su justicia donde y cómo le convenga ante el señor Gobernador, excepto el capitán Santiago de Uriona, que su voto y parescer dijo ser que se rescibiese al dicho hermano fray Gabriel Molina en el cargo para que es nombrado; y lo firmó y los demás del dicho Cabildo que fueron de parescer se guarde lo proveído; en cuyo estado, Juan de

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