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LA VENIDA DEL MESIAS

las prohibiese como dice á los Romanos: mas no era imputado el pecado, cuando no habia ley[1]. Mataba pues aquella ley, ó no vivificaba como lo hace la ley de gracia porque que no dió, ni daba espíritu: es decir, que cuando se promulgó en el monte Sinai, no se dió junto con ella el espíritu vivificante. No era todavia su tiempo. Lo reservaba Dios para otro tiempo mas oportuno, en que el Mesías mismo, concluida la misión de su eterno Padre sobre la redencion del mundo, resucitase y fuese glorificado: porque aun no habia sido dado el espíritu, por cuanto Jesús no habia sido aun glorificado[2].

26. Por el contrario: la ley de gracia en el dia de su promulgacion no se escribió otra vez en tablas de piedra, sino en las tablas del corazon[3]: no con letras formadas y materiales, sino con el espíritu vivificante de Dios vivo, que en aquel dia se difundió abundantemente por Jesucristo en los corazones simples y puros de los creyentes, dejándolos iluminados, enseñados y fortalecidos para abrazar aquella ley y cumplirla con toda perfeccion, no ya por temor como esclavos, sino por amor como hijos de Dios, de que el mismo espíritu les daba testimonio y prenda segura. Porque el mismo Espíritu da testimonio á nuestro espíritu, &c.[4]

27. Pues como este espíritu que entónces se dió, no fué una cosa pasajera, limitada á aquel solo dia, sino permanente y estable, que se debia dar en todos tiempos, y á todos los creyentes que quisiesen darle lugar: por eso, dice el Apóstol que él espíritu de la ley de gracia vivifica; y no vivifica, antes mata la ley escrita, porqué no habia

  1. Peccatum autem non imputabatur, cúm lex non esset.—Paul. ad Rom. v, 13.
  2. Nondum enim erat Spiritus datus, quia Jesus nondum erat glorificatus.—Ad Rom. vii, 39.
  3. Non in tabulis lapideis, sed in tabulis cordis.—Ad cor. ep. 2, c. iii, v. 3.
  4. Ipse enim Spiritus testimonium reddit spiritui nostro, &c.—Ad Rom. viii, 16.