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TIT. V. DE LAS HUESTES.

fueren desonrados son alevosos. E maguer que ninguna destas cosas non les acaesciese de seer presos, o muertos, o desonrados , sol por el desmandamiento deven perder amor del rey, e su bien fazer, e de los otros señores cuyos fueren.

LEY VII.
Que galardon deven aver los que primer amiente entraren cibdat, o villa ó castiello por fuerza.


Quanto tienpo deven seer en cerca de villa o de castiello avemos ya mostrado, e que pena deven aver los que non venieren a tal hueste como esta, o se fueren della sin mandado. Pues por derecho tenemos de dezir, que galardon deven aver los que primeramiente entraren, quando conbatieren villa o castiello. E dezimos que si cibdat o villa conbatieren, o castiello cabdal, que sea sobre si e aya termino, que el primero que entrare por fuerza en qualquier destos logares sobre dichos, deve aver del rey mill mrs. E si fuere cibdat o villa, deve aver otrosi las meiores casas que y oviere, que non sean alcazar o otras casas señaladas del rey, con el heredamiento de aquel cuyas fueren las casas. E si fuere castiello cabdal, aya las casas del alcayde sinon fuere fortaleza. E si fuere fortaleza deve aver las meiores otras casas del castiello con el heredamiento de aquel cuyas fueron. E el que entrare en par del, aya quinientos mrs., e las otras meiores casas que y oviere, sacadas las del primero. E el tercero deve aver dozientos e cinquenta mrs. e unas casas buenas. E este galardon damos a qualesquier omes que esto fezieren. Pero si omes onrados o de grant guisa lo feziesen, fagales el rey otro bien demas desto, segunt quales omes fueren. E si fuere castiello bueno e fuerte, que non aya termino, mandamos que el primero que entrare aya del rey mill mrs. El que entrare en pos él aya quinientos mrs. El tercero dozientos e cinquenta mrs.

LEY VIII.
Que galardon deven aver los que furtaren villa o castiella, o otra fortaleza de los enemigos.

Razón es e derecho, que digamos otrosi que gualardon deven aver los que furtaren villa o castiello, o otra fortaleza de los enemigos. Ca si aquellos que les entran les fazen grant esfuerzo, otrosi tenemos que lo fazen segun su manera los que los furtan. E por ende

Tomo I
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