Página:Las siete partidas del rey Don Alfonso el Sabio (1807).djvu/164

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido corregida
92
LIBRO III.
LEY XI.
Que pena deven aver los que el rey pusiere en frontera, o en otra guerra si se venieren sin mandado.

En el tercero titulo deste libro mostramos, que los vasallos del rey deven estar ó los él posiere, asi como en frontera, o en hueste, o en batalla, o en otra guerra de qualmanera quier que sea, e que ninguno non se deve venir ende sin su mandado. Otrosi avemos dicho en las leyes deste titulo quanto tienpo deven estar en las huestes. Pero non podemos fazer que non fablemos mas en ello, por demortrar quanto tienpo an de estar los que el rey posiere en frontera, o los que mandar a otri poner, quier sean puestos para defender, quier para conquerir. Onde dezimos, que los que fueren puestos para defender non an tienpo senalado de servir. Ca pues que puestos son para defender el regno, que es heredamiento de su señor, non se deven ende venir sin mandado del rey, en quanto la tierra fuere en peligro de las tres cosas que dixiemos de que la deven enparar de los enemigos, nin se pueden escusar de estar y por peligro que ayan. Onde qualquier que se fuere ende sin mandado, deve aver tal pena como dize la ley que fabla de los que el rey pone en frontera, e se van ende sin su plazer. Mas si los mandare estar en frontera para conquerir, deven aver tal plazo como los que van en hueste para cercar villa o castiello, e otrosi, tal pena si non y estudiesen e veniendose sin mandado.

LEY XII.
Que pena deven aver los que non acorriesen ó fuese mester, e que galardon los que lo bien feziesen.

Nos avemos fablado en el quarto titulo deste libro porque razones, e en quantas maneras deven acorrer sus vasallos e sus naturales al rey e al regno ó menester fuere, maguer non sean llamados. Mas porque dixiemos que fablariemos de cada una dellas alli ó conviniese, cada uno que pena deve aver el que non acorriese, e que galardon el que lo feziere bien. Onde dezimos que el primero acorro deve seer al cuerpo del rey, e esto puede seer en dos maneras. Ca o deven acorrer al rey, si los enemigos le vienen dar batalla en su tierra, o desque fuer dentro en la batalla, e para acorrerle quando los enemigos le vienen dar batalla dentro en su tierra, deven venir todos sus vasallos e sus naturales, por derecho e por naturaleza,