Página:Las siete partidas del rey Don Alfonso el Sabio (1807).djvu/182

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido corregida
110
LIBRO III.

nare en tal lugar, que deve seer suyo, e es derecho que pues que el cabdiello les da suelta, que vayan fazer lo meior que podieren, que lo que ganare cada uno que lo aya, sacado ende tal preso como dize en la tercera ley del titulo de las huestes, e en la segunda deste titulo. E esto mismo dezimos si un cavallero demandare justa a otro. Mas qui en otro logar derribare cavallero, deve aver destas tres cosas la una, el escudo, o la espada, o la siella.

LEY VI.
Como deven partir lo que ganaren en espolonada.

 Espolonada dezimos, que es quando la hueste o la cavalgada pasan cerca de algun logar ô estan los enemigos, o les dan asallidores, o si tienen villa o castiello de los enemigos cercado, e los de dentro dan algunos que les vayan fazer daño. E el señor o el cabdiello manda, que aguisen con ellos, e les muestra como fagan. Dezimos que estos que asi van, todo lo que ganaren que lo deven partir entre si, pues que movieron en uno, e lo fezieron por mandado e acordadamiente, e non deven dar dello quinto nin otra cosa ninguna, fueras ende si prisieren tal preso como dixiemos, o de aquella espolonada ganasen villa o castiello, que deve seer del rey, e otrosí el quinto de lo que ganasen daquella entrada, si la villa o el castiello tomasen.

LEY VII.
Como deven partir lo que ganaren en algara o en cavalgada.

 Algara es dicha quando los de la hueste, o los de la cavalgada enbian algunas conpanas a correr a los enemigos. E por ende estos que asi van, son llamados algareros o corredores. E dezimos que todo lo que ganaren que lo deven alegar en uno. E dando al rey su quinto, primeramiente si fuere en la hueste onde ellos sallieron, e sacando despues las erechas para refazer los daños que ovieron recebido, e conpliendo las otras cosas asi como dixiemos, lo que fincare devenlo partir entre si, segunt la ley les manda que fabla de como deven partir. Otrosi dezimos, que si cavalgada salliere de hueste, o de villa, o de castiello ô el rey fuere, a otra parte tanbien de lo que ganare la cavalgada, como de lo que ganaren los del algara, que deven dar al rey su quinto primeramiente, e lo al que fincare devenlo partir en la manera que dixiemos suso en esta ley. Mas si la cavalgada saliere de villa, o de castiello, o de otro lugar del rey