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LIBRO III.
LEY VI.
Que pena deve aver quien furta, o encubre de las cosas que ganan en hueste o en cavalgada.

 Si merecen pena los que furtan en hueste o en cavalgada, asi como desuso dixiemos, muy mas la deven aver los que preassen o tomasen por fuerza alguna cosa de las que oviesen ganado. Onde mandamos, que qualquier que tomase en estos logares mismos alguna cosa desta guisa, si fuere de los menores, pechelo a quatro doblo, e si de los mayores a seys duplo. E si alguno destos non oviere de que lo pechar asi, reciba tal pena en el cuerpo qual tuviere por bien el cabdiello o el adalil. Mas si el cabdiello, o el adalil fiziese tal cosa, peche dos tanto que otro de los otros. E si alguno dellos non oviere de que lo pechar, este a bien vista de la cavalgada en esta guisa, que escojan cinco omes de los mayores omes que y fueren, e qual pena todos acordaren, ola mayor parte dellos, que merece tal pena por tal fecho, que tal gela den en el cuerpo. Enpero si el cabdiello fuese rico ome, o otro ome onrado, que esté su cuerpo a bien vista del rey. E si ovieren mester de los ganados que troxieren para comer, dezimos que el cabdiello o el adalil deven mandar que den a cada uno dellos segunt quanta conpana troxieren. Otrosi dezimos, que qui encubriese cosa furtada, o preada de los de la hueste o de la cavalgada, condesandola o guardandola, que deve pechar tanto como el que lo fizo. E si lo encobriese veyendolo e non lo dixiese, peche la meatad que el que lo fizo.

LEY VII.
Si dos conpanas yoguiere en celada sobre una villa, o sobre un camino, que pena deve aver la menor conpana si non acordare con la mayor.

 Fueras ende estas cosas que dixiemos en las leys deste titulo, que fazen los omes, que se tornan en daño de las huestes e de las cavalgadas, que deven seer escarmentadas por justicia, e aun y a otras de que queremos fablar, que lo deven otrosi seer. Ca por ellas pueden recebir grant daño los que son en guerra, asi como si dos cavalgadas o dos conpanas yaciesen en celada sobre una villa o camino, e la mayor conpana oviere sabeduria de la menor, e les enviasen dezir que los dexen correr primeramiente, si la menor esto non quisiese fazer, e corriese primero, mandamos que todo quanto