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absolutos, indispensables para su existencia, y son. soberania, conservación, independencia, igualdad y propiedad.

113. Derecho de soberania.—La soberanía ya hemos dicho que es: el poder supremo de una Nación para gobernarse y dirigirse en la prosecución de sus fines.

Semi-soberanos son los Estados que dependen de otro, para el ejercicio de ciertos derechos; —federa- tivos los que se encuentran unidos bajo un gobierno supremo; —confederados los que conservando su soberania están obligados á deliberar en común so- bre ciertos asuntos; —tributarios los que pagan tri- buto;—y feudatarios los que reconocen servicio.

El derecho de soberania es indispensable para la existencia de una Nación, es por medio de él que se organiza y representa, y como tal derecho es nece- sario, no puede ser ni limitado ni cedido sii perder la Nación su personalidad.

114. Derecho de independencia. —La independe ncia es el derecho que tiene una Nación de ser autónoma, de constituirse y gozar de una personalidad juridica, respecto de las otras.

Como cada hombre debe gozar completamente de su libertad, asi cada Nación debe disfrutar su inde- pendencia, mayor aún que la del ciudadano y más inviolable, puesto que éste se encuentra sometido á la autoridad del Estado, mientras que la Nación no reconoce superior.