URSS del Irán ya ha comenzado; el Gobierno de la URSS tiene la intención de proseguir el retiro de sus tropas lo antes posible; el Gobierno de la URSS espera que el retiro de todas sus tropas de todo el Irán terminará en cinco o seis semanas; y las propuestas en vías de negociación entre el Gobierno del Irán y el Gobierno de la URSS no guardan relación con el retiro de las tropas de la URSS,
Deseoso de evitar toda posibilidad de que la presencia de tropas de la URSS en Irán pueda utilizarse para influir el curso de las negociaciones entre los Gobiernos del Irán y de la URSS,
Reconociendo que el retiro de todas las tropas de la URSS de todo el territorio del Irán no puede efectuarse en un período de tiempo apreciablemente más corto del que el Gobierno de la URSS ha declarado que tiene la intención de emplear para llevarlo a cabo,
Decide diferir la continuación de los debates sobre la petición del Irán hasta el 6 de mayo, fecha en la que el Gobierno de la URSS y el Gobierno del Irán están invitados a informar al Consejo si se ha terminado la evacuación de todas las tropas de la URSS de territorio iranio, y fecha en la cual el Consejo examinará si procede sostener nuevos debates sobre la petición irania,
No obstante, si en el intervalo el Gobierno de la URSS, el Gobierno del Irán o cualquier miembro del Consejo de Seguridad pone en conocimiento del Secretario General cualquier hecho que pueda retardar o amenazar con retardar el pronto retiro de las tropas de la URSS de territorio iranio, en conformidad con las seguridades dadas al Consejo por la URSS, el Secretario General señalará inmediatamente a la atención del Consejo tales informes, los cuales serán considerados como primer tema del orden del día.
En su 33a. sesión, celebrada el 16 de abril de 1946, el Consejo decidió remitir al Comité de Expertos, para su examen e informe correspondiente, la carta de fecha 16 de abril de 1946, dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por el Secretario General, relativa al mantenimiento de la cuestión del Irán en el orden del día del Consejo [1].
5 (1946). Resolución del 8 de mayo de 1946
El Consejo de Seguridad,
Considerando la declaración presentada por el Gobierno del Irán en su informe preliminar del 6 de mayo [2] para dar cumplimiento a la resolución del 4 de abril de 1946 [resolución 3 (1946)] y según la cual no podía decir, en la fecha del 6 de mayo, si habrá terminado la evacuación de todas las tropas de la URSS de todo el territorio del Irán,
Decide:
Aplazar la continuación de los debates sobre la cuestión del Irán a fin de que el Gobierno iranio disponga de tiempo para cerciorarse, por medio de sus representantes oficiales, si todas las tropas de la URSS han sido retiradas de todo el territorio del Irán;
Invitar al Gobierno iranio a presentar al Consejo de Seguridad un informe completo del asunto tan pronto como reciba la información que le permita hacerlo, y a que, en caso de no ser le posible obtener esa información para el 20 de mayo de 1946, comunique en esa fecha la información de que disponga hasta ese momento
Examinar, inmediatamente después de haber recibido del Gobierno del Irán el informe solicitado, las medidas que sea procedente adoptar.
En su 43a. sesión, celebrada el 22 de mayo de 1946, el Consejo decidió que «el debate sobre la cuestión del Irán es aplazado hasta una fecha próxima y el Consejo podrá reunirse a petición de cualquiera de sus miembros».