Parte I. Cuestiones examinadas por el Consejo de Seguridad en cumplimiento de su responsabilidad de mantener la paz y la seguridad internacionales
Decisiones
En su 397a. sesión, celebrada el 7 de enero de 1949, el Consejo decidió invitar al representante de Bélgica a participar, sin derecho de voto, en el examen de la cuestión.
En su 398a. sesión, celebrada el 11 de enero de 1949, el Consejo decidió invitar al representante de Birmania a participar, sin derecho de voto, en el examen de la cuestión.
En su 401a. sesión, celebrada el 17 de enero de 1949, el Consejo decidió, de conformidad con un pedido de la delegación de Indonesia[3], proporcionar servicios para el intercambio de mensajes oficiales entre la delegación de Indonesia en Lake Success y el Gobierno de la República en Muntok (Bangka) y Prapat (Sumatra), por intermedio de la Comisión de Buenos Oficios en Batavia, y pedir a la Comisión que hiciera arreglos con las autoridades locales de los Países Bajos en Indonesia para proporcionar a los funcionarios designados por el Gobierno de la República servicios de transporte y salvoconductos para que viajaran a Lake Success.
67 (1949). Resolución de 28 de enero de 1949
El Consejo de Seguridad,
Recordando sus resoluciones 27 (1947), de 1.º de agosto; 30 (1947) y 31 (1947), de 25 de agosto, y 36 (1947). de 1.º de noviembre de 1947, referentes a la cuestión de Indonesia,
Tomando nota, con aprobación, de los informes presentados al Consejo de Seguridad por su Comisión de Buenos Oficios para Indonesia,
Considerando que sus resoluciones 63 (1948) y 64 (1948), de 24 y 28 de diciembre de 1948, no han sido plenamente aplicadas,
Considerando que la continuación de la ocupación del territorio de la República de Indonesia por las fuerzas armadas de los Países Bajos es incompatible con el restablecimiento de buenas relaciones entre las partes y con el logro final de una solución justa y duradera de la controversia de Indonesia,
Considerando que el establecimiento y mantenimiento de la legalidad y el orden en toda Indonesia constituyen una condición necesaria para la realización de los objetivos y deseos expresados por ambas partes,
Notando con satisfacción que las partes permanecen fieles a los principios del Acuerdo del Renville[4] y convienen en que deben celebrarse en toda Indonesia elecciones libres y democráticas a fin de establecer cuanto antes una asamblea constituyente; que convienen además en que el Consejo de Seguridad debe adoptar medidas para que un organismo competente de las Naciones Unidas vigile el desarrollo de tales elecciones; y que el representante de los Países Bajos ha expresado el deseo de su Gobierno de que se celebren tales elecciones a más tardar el 1.º de octubre de 1949,
Notando también con satisfacción que el Gobierno de los Países Bajos se propone efectuar el traspaso de soberanía a los Estados Unidos de Indonesia si es posible para el 1.º de enero de 1950, y, en todo caso, durante el año 1950,
Consciente de que le incumbe la responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad internacionales, y a fin de evitar que los derechos, las reclamaciones y la posición de las partes interesadas resulten perjudicados por el recurso a la fuerza,
1. Invita al Gobierno de los Países Bajos a asegurar la cesación inmediata de todas las operaciones militares; invita al Gobierno de la República a dar al mismo tiempo a sus partidarios armados la orden de cesar las operaciones de guerrillas; e invita a ambas partes a cooperar en el restablecimiento de la paz y en el mantenimiento de la legalidad y del orden en toda la región de que se trata;
2. Invita al Gobierno de los Países Bajos a poner inmediata e incondicionalmente en libertad a todos
- ↑ El Consejo adoptó también resoluciones o decisiones sobre esta cuestión en 1947 y 1948.
- ↑ Véase también, en la Parte II, las resoluciones 75 (1949) y 76 (1949), que se refieren, respectivamente, a los «Gastos de viaje y dietas de los representantes suplentes en determinadas comisiones del Consejo de Seguridad» y a los «Gastos futuros que entrañará el personal de observadores militares de las Naciones Unidas en Indonesia ».
- ↑ Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Cuarto Año, N.º 5, 401a. sesión, págs. 13 y 14 (documento S/1214).
- ↑ Ibid., Tercer Año, Suplemento Especial N.º 1, anexos XI, XIII y VIII.