Parte II. Otras cuestiones examinadas por el Consejo de Seguridad
LA SITUACION CREADA POR EL CRECIENTE NUMERO DE INCIDENTES EN QUE SE DESVIAN A MANO ARMADA AERONAVES COMERCIALES[1]
Decisión
El Presidente del Consejo de Seguridad anunció[2] que los miembros del Consejo habían adoptado por consenso, el 20 de junio de 1972, la siguiente decisión:
- "Los miembros del Consejo de Seguridad están hondamente preocupados por la amenaza que para las vidas de los pasajeros y las tripulaciones representan la desviación a mano armada de aeronaves y demás actos de interferencia ilícita en la aviación civil internacional. En estas circunstancias, desean reafirmar la resolución 286 (1970) del Consejo de Seguridad, de 9 de septiembre de 1970, y recordar que la Asamblea General ha expresado su profunda inquietud por la situación,
- "Los miembros del Consejo de Seguridad condenan los actos que se perpetran contra la seguridad de la aviación civil en varias partes del mundo y que constituyen un serio obstáculo para el uso normal del transporte aéreo, que es un medio importante de comunicación internacional, y consideran necesario poner fin a ellos.
- "El Consejo de Seguridad exhorta a los Estados a adoptar, dentro de sus respectivas jurisdicciones, todas las medidas apropiadas para prevenir e impedir tales actos, así como medidas eficaces respecto de quienes los cometen.
- "El Consejo invita a todos los Estados a ampliar e intensificar sus esfuerzos y medidas de cooperación internacional en esta esfera, de conformidad con las obligaciones previstas en la Carta, a fin de garantizar el máximo de seguridad y de confianza posible en la aviación civil internacional."
ADMISION DE NUEVOS MIEMBROS EN LAS NACIONES UNIDAS[3]
Decisiones
En su 1658a. sesión, celebrada el 10 de agosto de 1972, el Consejo decidió remitir al Comité de Admisión de Nuevos Miembros la solicitud de admisión en las Naciones Unidas presentada por la República Popular de Bangladesh[4] para que la examinara e informara al respecto, según lo previsto en el artículo 59 del reglamento provisional.
En su 1660a. sesión, celebrada el 25 de agosto de 1972, el Consejo, tras no haber recomendado la admisión de la República Popular de Bangladesh, aprobó un informe especial a la Asamblea General[5], de conformidad con el artículo 60 de su reglamento provisional.
- ↑ El Consejo adoptó también resoluciones o decisiones sobre esta cuestión en 1970.
- ↑ Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Vigésimo Séptimo Año, Suplemento de abril, mayo y junio de 1972. documento S/10705.
- ↑ El Consejo adoptó también resoluciones o decisiones sobre esta cuestión en 1946, 1947, 1948, 1949, 1950, 1952, 1955, 1956, 1957, 1958, 1960, 1961, 1962, 1963, 1964, 1965, 1966, 1967, 1968, 1970 y 1971.
- ↑ Véase Actas Oficiales del Consejo de Seguridad, Vigésimo Séptimo Año, Suplemento de julio, agosto y septiembre de 1972, documento S/10759.
- ↑ Documentos Oficiales de la Asamblea General, vigésimo séptimo período de sesiones, Anexos, tema 23 del programa, documento A/8776.