Ir al contenido

Página:ONU - Resoluciones y decisiones del Consejo de Seguridad - 1976.pdf/19

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página no ha sido corregida

República Arabe Siria y Uganda a participar, sin derecho de voto, en el debate de la cuestión. En su 1904a. sesión, celebrada el 30 de marzo de 1976, el Consejo decidió invitar a los representantes de la Arabia Saudita, el Congo y Sudáfrica a participar, sin derecho de voto en el debate de la cuestión. En su 1905a. sesión, celebrada el 31 de marzo de 1976, el Consejo decidió invitar a los representantes de Bulgaria, Guinea-Bissan y Portugal a participar, sin derecho de voto, en el debate de la cuestión. En su 1906a. sesión, celebrada el 31 de marzo de 1976, el Consejo decidió invitar al representante de Mozambique a participar, sin derecho de voto, en el debate de la cuestión.

Resolución 387 (1976) de 31 de marzo de 1976

El Consejo de Seguridad,

Habiendo examinado la carta del Representante Permanente de Kenya, enviada en nombre del Grupo de Estados Africanos de las Naciones Unidas3 3. Habiendo oido la declaración del representante de la República Popular de Angola 34,

Recordando el principio de que ningún Estado o grupo de Estados tiene derecho a intervenir, directa o indirectamente, por cualquier razón que sea, en los asuntos internos o externos de cualquier otro Estado,

Recordando también el derecho inherente y legítimo de todo Estado, en el ejercicio de su soberanía, a pedir asistencia de cualquier otro Estado o grupo de Estados,

33 Ibid., documento S/12007.

34 Ibid., Trigésimo Primer Año, 1900a. sesión.

Teniendo presente que todos los Estados Miembros deben abstenerse, en sus relaciones internacionales, de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado, o en cualquier otra forma incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas,

Profundamente preocupado por los actos de agresión cometidos por Sudáfrica contra la Republica Popular de Angola y por la violación de su soberanía y de su integridad territorial,

Condenando la utilización por Sudáfrica del Territorio internacional de Namibia para organizar dicha agresión,

Profundamente preocupado también por los daños y la destrucción que han ocasionado en Angola las fuerzas invasoras sudafricanas y por el hecho de que éstas se hayan apoderado de equipos y materiales angoleños,

Tomando nota de la carta del Representante Permanente de Sudáfrica relativa al retiro de tropas sudafricanasError en la cita: Etiqueta <ref> no válida; las referencias sin nombre deben tener contenidos,

1. Condena la agresión de Sudáfrica contra la República Popular de Angola;

2. Exige que Sudáfrica respete escrupulosamente la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República Popular de Angola;

3. Exige asimismo que Sudáfrica desista de utilizar el Territorio internacional de Namibia para organizar actos de provocación o agresión contra la República Popular de Angola o cualquier otro Estado africano vecino;

4. Exhorta a Sudáfrica a que atienda las justas reclamaciones de la República Popular de Angola para que pague una indemnización total por los daños y la destrucción infligidos a Angola y para que devuelva los equipos y materiales de que se hayan apoderado las fuerzas invasoras sudafricanas;

5. Pide al Secretario General que siga de cerca la aplicación de la presente resolución.

Aprobada en la 1906a. sesión por 9 votos contra ninguno y S abstenciones (Estados Unidos de América, Francia, Italia, Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte)[1].


35 Ibid., Trigésimo Primer Año, Suplemento de enero, febrero y marzo de 1976, documento S/12026. 36 Un miembro (China) no participó en la votación. La situación en Sudáfrica: matanzas y actos de violencia cometidos por el régimen de apartheid en Sudáfrica en Soweto y otras zonas

Decisiones

En su 1929a. sesión, celebrada el 18 de junio de 1976, el Consejo decidió invitar a los representantes de Argelia, Cuba, Liberia y Madagascar a participar, sin derecho de voto, en el debate del tema titulado:

"La situación en Sudáfrica: matanzas y actos de violencia cometidos por el régimen de apartheid en Sudáfrica en Soweto y otras zonas:

"a) Carta, de fecha 18 de junio de 1976, dirigida al Presidente del Consejo de Seguridad por los represen11 tantes de Benin, la República Arabe Libia y la República Unida de Tanzanía (S/12100)37;
b) Telegrama, de fecha 18 de junio de 1976, dirigido al Secretario General por el Presidente de la República Democrática de Madagascar (S/12101)" 7. Er la misma sesión, el Consejo decidió, también, a solicitud de los representantes de Benin, la República Arabe

37 Véase Documentos Oficiales del Consejo de Seguridad, Trigésimo Primer Año, Suplemento de abril, mayo y junio de 1976.

  1. Error en la cita: Etiqueta <ref> no válida; no se ha definido el contenido de las referencias llamadas nota36