Página:Obras completas del doctor D. Manuel Milá y Fontanals - III (1890).djvu/68

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido corregida

das las historias, la ilustra mucho con los documentos que ha manejado y elegido uno por otro, descubriendo á veces en las cláusulas de un testamento, de una donación, de una venta ó de una permuta verdades que á otros que lo han visto con precipitación y de paso no pudieron ofrecerse. Por no molestar más á la Academia, no continúa la comisión el extracto; pero cree firmemente que lo dicho basta y sobra para que se forme alta idea de la obra del Sr. Bofarull y que no se excederá este sabio cuerpo en recomendarla al Gobierno y manifestarle cuán útil sería si publicación.....»

A esta decisión de la autoridad nacional más competente nos contentaremos con añadir las de dos escritores extranjeros que, por distintas razones, pesan mucho, la de P. Tastu y la del célebre Dozy. El primero, que hizo especial estudio de la materia sobre que versan los primeros artículos de la obra de Bofarull, compuso una nota acerca del origen de los Condes hereditarios de Barcelona y los de Ampurias-Rosellón, y como las consecuencias que los documentos impresos le sugerían se apartasen demasiadamente de las ideas admitidas por la mayoría de escritores, no se atrevió á darle entera publicidad hasta que vió algunas de sus opiniones confirmadas por la obra de aquel á quien justamente llama creador de la verdadera historia de Cataluña, y á quien dedica muy respetuosamente su trabajo [1]. El sa-

  1. Según el sistema explanado en este interesante opúsculo ó nota de Mr. Tastu, Seniofredo, hijo del godo Borrell, señor vitalicio de Fontcuberta, cerca la Grassa, y conde de Ausona, y padre de Vifredo, es el tronco de nuestros condes hereditarios. La familia que gobernó en la Marca marítima de la Septimania (Ampurias-Rosellón) es distina de la anterior y franca. 1º Sus nombres son francos, así como los de la familia barcelonesa godos. 2º No se hallan nombrados los de Ampurias en los sufragios que los de Barcelona hacían por sus parientes. 3º Las mujeres de los primeros no tenían la décima parte prescrita por la ley goda y sí las de los segundos. 4º Los primeros usaron el combate judicial según el uso franco