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Recordación Florida. 73

Goathemala, no había camino abierto por la parte de Trujillo, ni menos en la provincia de Chiapa, sino unas sendillas estrechas que se perdían de unos pueblos á otros, y en partes eran montañas vírgenes y impenetrables, por donde aquellos infatigables y valerosos conquistadores abrían camino con sus propias espadas, valiéndose, para el acierto de las situaciones que buscaban, del aguja de marear, para acertar con los rumbos, y no extraviarse á torcidas y desacertadas sendas, de lo que pretendía el intento. Y siendo esto por la parte que ahora llamamos el camino de arriba, que sirve y es el tránsito acomodado para el tiempo de las aguas, tampoco por el camino de abajo, que es el de Soconuzco, y por donde se vino conquistando, había camino abierto, como lo dice el coronista Herrera,[1] que dice hablando de Teguantepeque, «que desde entonces comenzó Pedro de Alvarado á abrir camino para las provincias de Soconuzco y Goathemala.» Con que asentando el principio, de que de Mexico hasta Teguantepeque sólo había camino, es ilación que no habiéndole desde allí á Soconuzco, ni á Goathemala, que ninguna de sus provincias estuvo sujeta á Montezuma; porque si lo estuviera, hubiera camino seguido hasta esta ciudad de Goathemala, así para la comunicación de un reino á otro y dirección de órdenes especiales, como para la conducción del feudo de estos señores Tultecas á aquellos Mexicanos; que son tan aborrecidos, y repugnan tanto á los indios de Goathemala, que jamás se mezclan con los pocos que de allí vienen á este Reino, porque los tienen por aleves y de fácil palabra, y teniéndolos por femeniles y delicados, y por muy dados al ocio y descanso, rehusan darles sus hijas en casamiento.

Y no habiendo sojuzgado la provincia de Chiapa, que dista de esta corte de Goathemala cien leguas, ni siéndolo Soconuzco que dista ochenta y ambas á dos son provincias numerosas de este Reino, y que estas tenían por antemural á la provincia de Teguantepeque, que es hasta donde allegaba

  1. Decada III, libro III, capítulo 17.