Página:Recordacion Florida Tomo I.pdf/160

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
Recordación Florida. 83

Con señalado júbilo, pública aclamación y popular festejo, tomó posesión el teniente general Jorge de Alvarado, en el Real nombre de Su Majestad, con todas las solemnidades y requisitos del derecho, de la ciudad delineada y de su provincia, y las demás comarcanas y anexas á ella; y en señal de esta posesión tomó en sus manos un madero y lo mandó linear en el suelo de dicho sitio, disparándose á este tiempo gran cantidad de tiros de la infantería, por salva festiva de aquel solemne y majestuoso acto, á cuyo estruendo de marcial regocijo acompañaron los clarines y otros instrumentos bélicos.

Al mismo tiempo que esto pasaba en Goathemala, enderezado todo á su mayor aumento y á la felicidad de su prosperidad, en que contínuamente se desvelaban aquellos inimitables , y por serlo, singulares caballeros, dignos de eterna fama y de mayores y más señalados premios, y á quienes aun no deja, ya que no los muerda , de ladrar pérfidamente el cerbero; á la misma sazón, que desvelados estos en lo que tocaba, no sólo á la conservación de lo adquirido en máximas políticas de excelente razón de Estado, sino de extender y dilatar lo conquistado con el vigor de las armas en lo que de nuevo se descubriera; D. Pedro de Alvarado, no olvidado de la que llamaba patria suya, como parece de sus cartas escritas por aquel tiempo á mi ilustre Cabildo, solicitaba sus medros y adelantar los creces de su mayor esplendor; siendo uno de los mayores y señalados favores que alcanzó, en aquella corte de nuestros Reyes, la gobernación de este Reino, separada y independiente de la Audiencia Real de Mexico. Y como representativo y inmediato á la Real persona, constituído gobernador (como podrá discurrirse por lo que se tocará algunas veces en adelante) redimió este Reino de un yugo insoportable; pues no siendo á veces muy favorable tener una Audiencia y Chancillería consigo, menos alivio fuera tener este recurso, siempre incierto, á la distancia de trescientas y treinta leguas, impedidas con los peligros de salteadores, precipicios y atolladeros que, haciéndolos pesados, iban á tener su término en crecidos y superiores gastos.