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132 Biblioteca de los Americanistas.

ña, juez de residencia de Jorge de Alvarado. Pues para motivar dicordias públicas, empezó á sembrarlas en lo particular y privado del Cabildo,[1] para que de allí se difundiese y pasase á toda la vecindad de sus republicanos; porque habiendo entrado á 14 de Agosto de 1529 el ejercicio del gobierno, contra la ley municipal de este ilustre cabildo de Goathemala, que es la de nombrar sus alcaldes ordinarios y los demás oficios de justicia en el primero día del año, y contra lo dispuesto por Jorge de Alvarado en la elección corrida de seis meses, que es contravenir á otra ley, de no poderse, cumplido este término, nombrar de nuevo en caso de ausencia ó muerte de algún alcalde, sino que quede en depósito la vara que vacare. Pasó á nombrar, sin embargo, en agravio de Gaspar Arias, que era alcalde ordinario, á Gonzalo de Ovalle, aliado del Visitador desde las primeras revueltas de nuestro ejército, por haber sido éstos de los soldados amotinados, y así quedó el nudo de la amistad desde entonces, para producir ahora nuevos escándalos, con elegir alcalde ordinario al amigo y confidente Gonzalo de Ovalle: de donde se procrearon tantos fomentos de disturbio, porque, habiendo el alcalde actual contradicho la nueva elección, por ser un perjuicio suyo y de las leyes y estilo del Cabildo,[2] el Visitador se levantó de su asiento, y asiéndole por los pechos y llamándole alborotador, y procediendo en todo sin respeto ni atención á tan grave, seria y venerable junta, le puso las manos; radicándose en esta desmesurada y violenta acción todo el aparato de desgracias funestas que sobrevinieron después de dividida la ciudad y sus republicanos en bandos: de donde, viendo los indios, que nunca han sido ignorantes para establecer su conveniencia, que los españoles estaban desunidos y era la ocasión oportuna, se levantaron muchos pueblos; como diremos en lo que fuere ofreciendo la descripción del país.

No fué solo este el movimiento de los ánimos de los ciu-

  1. Libro I de Cabildo, fol. 200 vuelto.
  2. Libro I de Cabildo, fol. 145.