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Recordación Florida. 277

corte, se le dé á la ciudad la Paz. Es la concesión deste privilegio por cédula dada en Madrid en 13 de Febrero de 1649, que habla con el reverendo Obispo desta santa iglesia, y otra dada en Madrid á 20 de Setiembre de 1651.[1]

No menos es estimable y precioso el título y merced que goza de todas las aguas del contorno, que por diversas y aseadas tarjeas y dilatados conductos se introducen cumplidamente á las más de las habitaciones de los vecinos desta ciudad; cuya cantidad es considerable, según lo repartido y reconocimiento de datas que por el año de 1682 hizo el doctor D. Diego Ibáñez de Faria, oidor deste Audiencia, y consta del folio 25 de los autos originales que están en el Archivo, haberse vendido ochenta y tres reales y una paja de agua, cuyo monto á quinientos pesos por cada real llega á la considerable suma de 41.825 pesos, que si se hubieren impuesto á renta pupilar ó para mayor alivio de los vecinos, dejádolos cargados sobre la finca, con cargo de que de no pagar el rédito se le quitería el agua, redituara hoy 2.091 pesos 2 reales cada año, y no que esto es como lo demás, que se mira con tan poco amor y cuidado. Es la merced y real título del agua concedida á 3 de Febrero de 1573 años.

Concediósele también por la Real generosa megnificencia,[2] el que el Cabildo hiciese, por le autoridad de sus annuales almonedas de abastos, el remate de todas las tabernas y pulperías públicas, y lo que dellas fructificare se hiciese particular aplicación á los propios y rentas de la ciudad; y así en esta forma se practica, desde el estimable principio de su gracia hasta el tiempo presente, sin impedimento ni embarazo en el uso deste derecho; cuyo asentado dominio está reducido en tres Reales rescriptos: uno dado en Madrid á 23 de Noviembre de 1652; otro de Madrid de 8 de Marzo de 1641; y otro de San Lorenzo de 6 de Noviembre de 1648 años.

En cuento á la belleza, ámbito y ferecidad de sus exce-

  1. Libro II de Cédulas Reales del Cabildo, folio 204.
  2. Libro III de Cédulas Reales del Cabildo, fols. 59 á 64.