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acto puede ser sustituido por otro hermano de su confianza y con su responsabilidad.—3.º Cobrará como gratificación anual sesenta pesetas por todos sus trabajos.
DEL SACRISTAN
Art. XXXII. Son obligaciones del Sacristán: 1.º Tener muy barrido, sin polvo y muy limpio todo el Santuario y sus dependencias, los altares, las imágenes, las ropas etc., etc.—2.º Ayudar a todas las misas que se celebren en el Santuario cuidando del arreglo del altar.—3.º En cuantas funciones se hagan en el Santuario o tengan relación con el mismo o con la Cofradía hará cuanto le mande el Párroco, Vicario, Sacerdotes que celebren, Mayordomo o cualquiera otro individuo de la Junta, en resumen que en todo lo concerniente al Santuario y Cofradía está a las órdenes de los señores citados y muy especialmente del Párroco o quien le represente.—4.º Hará las peticiones.—5.º Avisará a los hermanos de la Cofradía cuando se le mande y haciéndolo por medio de las campanas del Santo para que asistan a los entierros.—6.º Cobrar las multas que le in-