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SENADO CONSERVADOR

que manifestándose esta determinación al Cabildo reclamante, por secretaría se comunique al Excmo. Supremo Director, para que se sirva espedir las órdenes oportunas para la publicacion de esta resolucion. I ejecutado todo, firmaron los señores senadores con el infrascrito secretario. —Alcalde. —Rozas. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Perez. —Villarreal, secretario.


ANEXOS

Núm. 589

Excmo. Señor:

Por nota de 21 de Setiembre último manifesté a V.E. la necesidad de erijir o animar un cuerpo de injenieros, que, aunque reducido por ahora, tuviese en lo sucesivo una estension proporcional al grueso del ejército con que se halle la nacion.

Debían a este respecto servirnos de plantel los cuatro injenieros que tenemos i pagamos i la compañía de zapadores afecta al batallon de Artillería, debiendo solo crearse otra compañía, que podia salir de los soldados mas diestros i aguerridos del ejército.

El modo i forma de su creacion, su interesante objeto i conocida utilidad, los hice a V.E. demostrables de un modo concluyente en mi referida comunicacion, igualmente que el ningún gasto que este establecimiento reportaba al Erario, sobre cuya cláusula insisto nuevamente, asegurando a V.E. que no ocurre en la verificacion de este proyecto el menor dispendio.

Sobre todo yo espero que V.E . se servirá contestarme cuanto se le ofrezca i parezca sobre el particular, que no dudo interese tanto a V.E. cuanto es conveniente a los progresos de nuestra milicia i provechoso a todo el Estado. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Noviembre 18 de 1819. —Bernardo O'Higgins. José Ignacio Zenteno, secretario. —Excmo. Senado.


Núm. 590

Excmo. Señor:

Tengo la honra de pasar a manos de V.E., orijinal la nota que con los cuarenta i cuatro pliegos adjuntos me ha dirijido el Senador don Francisco Borja Fontecilla, comisionado para activar la recolección del empréstito que ha de verificar la espedicion al Perú, para que V.E. se sirva acordar lo que crea conveniente.

También para el mismo efecto incluyo a V.E., con la mas alta consideracion, la solicitud de doña Escolástica Ruiz, viuda del benemérito don Juan Estéban Reyes, cuyos servicios i gloriosa muerte la recomiendan. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Palacio Directorial, Noviembre 18 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 591

Excmo. Señor:

Paso a las supremas manos de V.E. cuarenta i cuatro pliegos que me remitió la Comision nombrada para prefijar las cantidades con que debe auxiliar el vecindario para los costos de la espedicion al Perú. Muchos otros se han remitido a las provincias de fuera para que por el conducto de los Tenientes-Gobernadores sean reconvenidos algunos prestamistas que se hallan fuera de la capital i existen en ellas; pero no sabiéndose ni del paradero ni de la existencia de los que se contienen en los pliegos que remito, teniéndose noticia que son muertos algunos de ellos, se servirá V.E. mandarlos volver a la Comision para que se reemplace el déficit o proveer lo que estime conveniente. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Santiago, Noviembre 13 de 1819. —Excmo. Señor. Francisco B. Fontecilla. —Excmo. Señor Supremo Director del Estado.


Santiago i Noviembre 17 de 1819. —Pase esta nota al Excmo. Senado con los cuarenta i cuatro pliegos que se acompañan para que, instruido de su contenido, resuelva lo que estime conveniente. —O'Higgins. Cruz.


Núm. 592

Excmo. Señor.

Para que tenga efecto lo acordado por V.E. con fecha 9 del corriente, con que me he con formado en todas sus partes, he mandado, por decreto de 12 del mismo, se pasen copias autorizadas a los ministros de la Tesorería Jeneral i a la Comision nombrada para la obra del panteon. Lo que tengo el honor de comunicar a V.E. en contestacion al citado acuerdo. —Dios guarde a V.E. muchos años. —Sala Directorial, 16 de Noviembre de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 593

Señores del Excmo. Senado:

En la Gaceta Ministerial del sábado 30 de Octubre, número 16, se dió al público la sabia resolucion de V.E. con aprobacion del Excmo. Supremo Director sobre que en ningún Tribunal