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SENADO CONSERVADOR
  1. Senado para el uso de este Excmo. Cuerpo. (Anexo núm. 689.)
  2. Pasar al Excmo. Supremo Director un ejemplar del número de El Telégrafo denunciado por frai Tadeo Silva i encargarle que lo someta al juicio de la junta censoria. (Anexo núm. 690. V. sesion del 23.)
  3. Declarar que en el sentir del Senado no hai fundamento para alterar el acuerdo en virtud del cual corre a cargo del Ministerio de Gracia i Justiciad espedir licencias de buques i pasavantes. (Anexo núm. 691. V. sesiones del 7 de Octubre i 9 de Noviembre de 1819 i 29 de Febrero de 1820.)

ACTA

En la ciudad de Santiago de Chile, a veinte dias del mes de Diciembre de mil ochocientos diezinueve años, convocado el Excmo. Senado en su sala de acuerdos i en sesiones ordinarias, mandó se pidiera al Supremo Director diera órden a los Ministros de Hacienda para que proporcionaran una resma de papel de oficio para el despacho de oficio de la Secretaría de S. E.

Inspeccionada la duda nuevamente propuesta por el Ministerio de Gracia i Justicia con el de Guerra i Marina, sobre el privilejio para el despacho de licencias de buques i pasavantes, resolvió S. E. se dijera al Supremo Director que, no encontrando una razon para variar la anterior resolucion declaratoria del Ministerio que debia proveer esas licencias, dtbia llevarse a debido efecto lo acordado; i ejecutadas las comunicaciones, se cerró el acuerdo, firmando los señores senadores con el infrascrito secretario.

Con presencia del recurso del P. catedrático del Instituto, frai Tadeo Silva, reclamando contra el autor de El Telégrafo, por las proposiciones que contra el honor de la Iglesia se vierte en el número 54, mandó S. E. se pasara al Supremo Director para que, considerando la gravedad del negocio, lo hiciera pasar a la Junta Censoria para su revision, i lo firmaron. —Alcalde. —Rozas. —Cienfuegos. —Fontecilla. —Perez. —Villarreal, secretario.


ANEXOS

Núm. 683

Excmo. Señor:

En el momento de haberse recibido la honorable nota de V. E. de 18 del corriente, he decretado que el juez territorial, a cuya jurisdiccion corresponde el terreno donde debe construirse el panteon, notifique a los hacendados circunvecinos que, con preferencia a todo otro interesado, vendan al comisionado don Manuel Joaquín Valdivieso las pajas que necesite para la obra del panteon, por su justo precio, teniendo entendido que por esta providencia, lejos de perjudicarse, recibirán un aumento de consumo en dicho renglon. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Palacio Directorial de Santiago, Diciembre 20 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 684

Excmo. Señor:

Tengo la honra de devolver a V. E. el espediente promovido por el Mayor de Plaza sobre gratificacion o gastos de oficina, con el decreto de 7de Marzo de 1817 que V. E., se sirve pedirme en comunicacion de 16 del presente, a que contesto. —Dios guarde a V. E. muchos años. —Palacio Directorial, Diciembre 20 de 1819. —Bernardo O'Higgins. —Excmo. Senado.


Núm. 685

Excmo. Señor:

El coronel i sarjento de esta plaza, abajo suscrito, hace presente a V. E. con todo respeto: Que con fecha 1.º del corriente el Excmo. Señor Supremo Director pasó a V. E. en consulta una jestion hecha por mí sobre la gratificacion asignada al Estado Mayor de esta plaza; i con la de 16 del mismo se sirvió V. E. pedir se presentase el decreto de asignacion. He presentádole en el Ministerio de Hacienda para los fines indicados por V. E. i tambien he creido oportuno recordar a V. E. respetuosamente que hasta ahora he desempeñado por mí mismo aun el trabajo material de la pluma, pues esta oficina recargada por los negocios que jira, a mas de la guarnicion, con el ejército, carece de una mano subalterna para este fin. De los tres ayudantes que hai en la plaza, uno pasó por decreto supremo cerca del señor Gobernador-Intendente, otro ayer solo ha venido de Valparaíso mandado por el Supremo Gobierno, i el otro sale mañana a otro destino por la misma disposicion. El Estado Mayor de plaza, Excmo. Señor, hace en todas sus partes un servicio activo, las diversas ocurrencias de su inspeccion i a mas, como he dicho, las que ocurren con el ejército le traen un recargo. Varias veces los ayudantes ocupados en servicios activos por el Ministerio de Guerra, ya en la guarnicion, ya fuera de ella, este mismo o la suprema autoridad insta por otro que no le hai; así suplico a V. E.E