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SESION DE 1.º DE JULIO DE 1824
  1. i a don Felipe Cáceres, que informe la Comision de Hacienda.
  2. Dejar pendiente la discusión de la reforma del reglamento del panteón. (V. sesiones del 22 de Junio i del 2 de Julio de 1824.)
  3. Pedir informe a la inspeccion fiscal sobre el proyecto de remate del hospital de San Juan de Dios. (Anexo núm. 769. V. sesiones del 1.º de Junio i del 8 de Julio de 1824.)

ACTA[1]

Asistieron los señores Errázuriz, Prieto, Ovalle i Vivar, Ovalle Bezanilla, Elizondo i un se cretario.

Leida el acta de la anterior, fué aprobada i rubricada por el señor Presidente.

Leyóse un oficio del Gobierno, proponiendo, de acuerdo con su Consejo de Estado, la ereccion de una villa en el lugar de Penco Viejo, en virtud de las razones que espone el Gobernador-Intendente de Concepción, en su nota que se acompaña, i observándose que en ésta se indica que el Cabildo de aquella ciudad está en posesion del terreno indicado, i que los que actualmente lo habitan son considerados como unos inquilinos de él, se acordó: Se devuelva a S. E., el Director Supremo, para que, oyendo al Cabildo sobre la conveniencia o disconveniencia de este proyecto, proponga la iniciativa constitucional que creyere mas conveniente.

El Gobierno comunica al Senado haberse librado las órdenes convenientes para que el gobernador de Valparaíso proceda a la matrícula i calificación de los ciudadanos existentes en su territorio, i se mandó archivar.

Leyóse un oficio del Gobierno, contestatorio a la nota de 28 del pasado, en el que instruye al Senado sobre las obligaciones que hoi desempeña el oficial mayor de Relaciones Esteriores, i habiéndose agregado al proyecto de lei sobre el nombramiento de un traductor i maestro de ceremonias del Cuerpo Diplomático, que motivó esta solicitud i se discutió por primera vez.

Leyóse una nota del Gobierno, remitiendo copia de la sentencia de la Junta Superior de Hacienda, pedida para resolver sobre la consulta que se dirijió al Senado sobre si deben abonarse o nó los sueldos con que se contribuye a don Juan Rafael Baseuñan i don Felipe Cáceres i en su vista, se acordó: agréguese a sus antecedentes i pase en informe a la Comision de Hacienda.

Llamóse a segunda discusión el reglamento del panteon, propuesto por el Gobierno, con las razones mandadas agregar, i no hallándose bastantemente discutido se reservó para otra sesion.

Se dió cuenta del espediente remitido por el Gobierno sobre el remate del hospital de San Juan de Dios, i se decretó: informe la inspeccion fiscal.

En este estado se levantó la sesión. —(Hai una rúbrica.)


ANEXOS

Núm. 763

Aunque el Supremo Director tenia ordenado de antemano al gobernador de Valparaíso lo mismo que a los demás jefes políticos de todos los departamentos del Estado, que procediesen inmediatamente a la matrícula i calificacion de los ciudadanos existentes en los respectivos territorios, según lo dispuesto en el artículo 11 de la Constitucion; ha vuelto, sin embargo, a requerir, con esta fecha, a aquel jefe, a fin de que dirija prontamente las listas de los ciudadanos existentes en Valparaíso, conforme a la presentación del Senado, que Ud. comunica, en su nota de 23 del corriente, a que tengo la satisfacción de contestar.

Dios guarde a US. muchos años. —Departamento de Gobierno, Junio 30 de 1824. D. J. Benavente. —Señor Secretario del Senado Conservador.


Núm. 764

El Director Supremo ha recibido la nota, de 28 del que fina, en que el Senado Conservador pide se le instruya de las funciones del oficial mayor de Relaciones Esteriores; i verificándolo, le hace presente que hasta ahora no se ha dictado ningún reglamento que las designe; pero que, sin embargo, sus funciones actualmente son las siguientes:

Dictar, prévio el acuerdo del Ministerio, toda la correspondencia oficial que se dirije a los diferentes Gobiernos de Europa i América.

Dictar i redactar los diplomas, credenciales e instrucciones que se confieren a los Ministros Plenipotenciarios i Ajentes del Gobierno de Chile cerca de los de Europa i América.

Dictar la correspondencia que se dirije i contestar a estos Ministros.

Dictar la correspondencia que se jira entre el Ministerio i los Ministros Plenipotenciarios, Ajentes i Cónsules de las naciones estranjeras i amigas, residentes en Chile, i a los comandantes de los buques que frecuentemente arriban a nuestros puertos i otros diferentes estranjeros.

  1. Las actas que siguen del Senado Conservador no se redactaron o por lo menos no han llegado hasta nosotros. En su lugar hemos inscrlado las minutas que corren en el libro 32 del archivo del Senado. (Nota del Recopilador.)