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CONGRESO CONSTITUYENTE


ANEXOS

Núm. 523[1]

El signo ménos equívoco de que una sociedad se aproxima a la perfeccion es incontestablemente el grado de interes que cada individuo toma en la suerte de los otros; i el mas eficaz estímulo para procurar la benevolencia de sus conciudadanos es la demostracion de haberla obtenido, siendo igual jenerosidad merecer que tributar las atenciones debidas al mérito o la compasion a la virtud desgraciada. Tales manifestaciones deben entretenerse i fomentarse por las autoridades bienhechoras, porque indican los sentimientos en que tienen su oríjen i porque sirven para nutrirlos i aun enjendrarlos; pues, se observa que la repeticion de actos esteriores hace al fin nacer las mismas inclinaciones de que en el principio solo fueron unas meras señales. Las muestras de dolor por la pérdida de las personas relacionadas por la naturaleza o ligadas por la santa amistad, que solo existe entre los buenos, es un homeneje debido a estos vínculos sagrados, para que basta el solo instituto i que han ofrecido los hombres superiores a todas las debilidades, por lo que dijo uno de los mas sabios de este siglo "las lágrimas son pruebas de la sensibilidades del corazon ¡infeliz el alma que no es capaz de verterlas!" Pero, como el hombre abusa de todo, se han visto en esta materia excesos que, reuniendo la supersticion, la imbecilidad, el orgullo i hasta la misma crueldad, han exijido pragmáticas i leyes vigorosas que los contuvieran, i cuya observancia es suficiente para alejarnos de aquellos estreñios, sin incidir en el opuesto por una ciega exaltacion de ideas que, huyendo de aquellas exorbitancias de afectado pesar, nos conduzcan a la indolencia i a la abolicion de los íntimos sentimientos que conservan las conexiones que excitan a las mutuas oficiosidades i conservan las conexiones que propiciamente constituyen la Patria. Así vemos que en las naciones mas cultas se lleva luto i se practican relijiosamente los últimos oficios debidos a la sangre, al afecto i al reconocimiento, estimándose estas señales visibles de tristeza, estos tiernos recuerdos como efecto de la misma civilizacion. Es verdad que de ellos debe desterrarse, como impropio, pueril i ruinoso, todo lujo i fausto, i prescribirse reglas que establezcan la moderacion, cuya observancia está preparada ya por la costumbre i el uso, porque en el dia se considera el luto, que ántes era ocasion de gasto, como un arbitrio de economía, i esto por el poder a quien pertenece la parte reglamentaria i la ejecucion de las leyes.

El segundo artículo del proyecto de decreto es digno de aprobacion en todas sus partes; pues, no solo interesa la economía de la pólvora sino el sosiego público, el destierro de concursos nocturnos i tumultuarios i la mas necia disipacion en los campos i poblados, donde esta efímera diversion absorve el sudor de los gañanes i jornaleros sin asomo de provecho. Por eso la Comision propone:

PROYECTO DE DECRETO

Artículo primero. El Ejecutivo formará un reglamento que evite el fausto en las funciones fúnebres i prescriba el uso de los lutos.

Art. 2.º Se prohiben los fuegos artificiales. —Manuel de Salas.


Núm. 524

Señor:

La Comision de Instruccion Pública, vistos los fundamentos en que apoya el Supremo Gobierno la lei de los fondos que deben fomentar los dos Institutos Nacionales de ciencias e industrias i el Museo para la práctica de las ciencias, nada tiene que añadir a los grandes principios que allí se desenvuelven. Pero si le parece conveniente recordar al Soberano Congreso:

  1. Que la instruccion pública es uno de los principales deberes del pacto social, i que así como no puede una lejislatura demorar ni escusar los fondos para la defensa del Estado i para su administracion, tampoco puede hacerlo para la instruccion nacional. Bien inútil i tal vez perjudicial seria una sociedad defendida por las armas i dotada en funcionarios, si faltaban artesanos i ciudadanos instruidos.
  2. Que es tan funesta como cierta la alternativa en que nos vemos, de que debe perecer nuestra industria, la mas mecánica i ordinaria o hemos de tener un instituto industrial.
  3. Que, si no se aprovecha esta ocasion, en que sin necesidad de considerables erogaciones efectivas del Erario se pueden aprovechar los ramos que propone el Gobierno, despues no hallaremos recurso para estas instituciones.
  4. Que hasta ahora no ha resultado un solo bien al Estado del gravoso empréstito de Lóndres, que el mas ventajoso i el que pudiera únicamente consolarnos de los males que nos promete, era realizar en Chile la industria de tejidos de lino, cáñamo i lanas, educando artesanos para estas fábricas, al mismo tiempo que no quedásemos responsables a los fondos o lo estuviésemos en mui poca parte, segun las propuestas del Gobierno.

En fin, señor, se presenta la perspectiva mas benéfica aun en el destino de los ramos que se aplican a los Institutos. Porque a los indios se

  1. Este documento ha sido transcrito del volúmen titulado Varios, tomo III, pájina 62, del archivo del Ministerio del Interior (Nota, del Recopilador.)