Los señores que la componen son: doctor don ▼ José Gregorio Argomedo, doctor don ▼Miguel Zañartu, doctor don ▼Diego Elizondo, don ▼Fernando Errázuriz i don ▼Santiago Echevers.
La componen los señores mariscales de campo don ▼Francisco Calderón, don ▼Luis Cruz, don ▼ Joaquin Prieto, i los coroneles don ▼ José Manuel Borgoño i don ▼José Bernardo Cáceres, Mr. Foster i don ▼Rafael Correa. Su objeto: todos los ramos relativos a guerra i marina, ▼espedicion del Perú, de economía militar i estincion de lujo en el ejército.
Señores que la componen: doctor don ▼Joaquín Larrain, don ▼Alejo de Eyzaguirre, don ▼Juan Bautista Zúñiga, don ▼José Tomas Ovalle i don ▼Juan de Dios Vial. Se encargará de todos los objetos relativos al estado eclesiástico, su jurisdiccion, moralidad, policía; del culto i demás que se le encargue.
Señores que la componen: don ▼Manuel Salas, don ▼José Tomas Ovalle, don ▼Pedro Ovalle Landa, don ▼Agustín Orrego i don ▼Francisco Tagle. Se encargará de todos los objetos de su título.
Señores que la componen: doctor don ▼Juan Egaña, don ▼José Fuenzalida, doctor don ▼Diego Elizondo, don ▼Eduardo Baquedano i don ▼Juan de Dios Tirapegui. Se encargará especialmente de la ▼educacion científica e industrial.
Señores que la componen: doctor don ▼Miguel Zañartu, don ▼Joaquín Gandarillas, don ▼Fernando Errázuriz, don ▼Rafael Muñoz, don ▼Vicente García, don ▼Manuel Cortés, don ▼José Maria Palacios i don ▼Lorenzo Montt. Se encargará de todos los objetos de su título.
Señores que la componen: don ▼Diego Donoso, don ▼Manuel Ortúzar, don Manuel Castillo, don ▼Bernardo Osorio i don ▼Miguel Solar. Se encargará de la calificacion de los poderes i de todo lo que corresponde a las facultades, disposiciones, ceremonial, inmunidades, privilejios, juicios i demás correspondiente al ▼Congreso i sus individuos.
Señores que la componen: el señor Presidente en turno, el secretario redactor de los debates, uno de los secretarios de sesiones, nombrado alternativamente por el Presidente, don ▼Miguel Irarrázaval i don ▼Agustín Orrego. Se encargará de las consultas económicas, de examinar i aprobar los diarios del Congreso.
- Por falta de los señores propietarios se entienden nombrados los ▼suplentes.
- El lugar i hora de las sesiones se arreglará por el Presidente en cada comision.
- Las comisiones pueden llamar a cualquier funcionario público a su sesion, para pedirle informes, tambien podrán pedir documentos, suscribiendo las órdenes el Presidente del Congreso i quedando éstos a cargo de la secretaria del Congreso.
- Las comisiones pueden proponer al Presidente los sujetos que, fuera del Congreso, reputen idóneos i a propósito para que se les reúnan.
- Habrá un secretario redactor de debates del Congreso, con el cargo de estractar las discusiones i organizar los diarios, presentándolos a la Comision de Sesiones para su aprobacion i con obligacion de hacer publicar en la imprenta los diarios públicos los jueves i sábados.
- Presidirán las comisiones los primeros nombrados en cada una i, en su defecto, se subrogarán por el órden de sus nombramientos, elijiendo secretario conforme al reglamento.
- El Presidente llevará una minuta de les trabajos que se encargan a las comisiones i a los secretarios del Congreso, de la que instruirá semanalmente a la Comision de Policía, tomando con su acuerdo las providencias necesarias al exacto desempeño de cada uno. —Sala del Congreso, Agosto 19 de 1823. —▼Juan Egaña. —Doctor ▼Gabriel Ocampo, secretario.
ANEXOS
Núm. 40
▼El Gobierno acompaña al Soberano ▼Congreso el proyecto de lei sobre administracion de ▼justicia, para que, tomándolo en consideracion, se digne aprobarlo o modificarlo, segun su sabiduria le dictare. El Ministro de Estado en el departa