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SESION DE 4 DE DICIEMBRE DE 1823

elevarlo al Excmo. Señor Supremo Director para que, siendo de su aprobacion, mande estender el decreto de estilo. —Dios guarde a US. muchos años. —Tesorería Jeneral de Santiago, Junio 7 de 1821. —José Ramon de Vargas i Belbal. —Nicolás Marzan. —Al señor Ministro de Estado en el departamento de Hacienda.

Santiago, Junio 8 de 1821. —No habiendo tenido efecto el decreto de 15 de Enero último, en el Ministro jubilado don Hipólito Villegas, ni de 3 de Marzo en don Pedro Pablo Benavides, nombró en lugar de éstos a don Juan José de Noya, que proponen los Ministros, con la misma gratificacion que se habia asignado a los anteriores, i se le pagará con su sueldo mensual por la Tesorería Jeneral, incluyéndolo en la lista de sus empleados, con la calidad de que no solo se ha de contraer a la especial comision que se detalle en el citado decreto, sino tambien a auxiliar las demas labores de la oficina que se le encomiende. —Tómese razon. —O'Higgins. —Dr. Rodríguez.


Se tomó razon en el Tribunal Mayor de Cuentas de Santiago, a 9 de Junio de 1821. —Correa de Saa.


Se tomó razon en esta Tesorería Jeneral de Santiago, a 9 de Junio de 1821. —Vargas. —Marsan.


Núm. 867

Presenta documentos i pide que, en fuerza de sus antiguos servicios, se le conceda el goce del último sueldo que disfrutó de 1,200 pesos.

Excmo. Señor:

El ciudadano Juan José de Noya, comisario de guerra honorario, comisionado para el cobro de las dependencias activas del Fisco, i para ayudar a las demas labores de la Tesorería Jeneral, con el debido respeto, dice: que, por los documentos orijinales que en debida forma presenta, consta a plenitud los treinta i siete años cuatro meses que tiene de servicios, los empleos que ha obtenido, ántes i despues del establecimiento del nuevo Gobierno, i su decidida adhesion a la justa causa. Antes de la revolucion era jefe de oficina. En ella tuve el honor de desempeñar el delicado cargo de secretario del jeneral en jefe del ejército, con el sueldo de cien pesos mensuales, i cuando concluida la guerra por la memorable accion de Chacabuco, esperaba que en premio de sus antiguos servicios, prisiones, fatigas, saqueos del enemigo i demas padecimientos, le proporcionase el Gobierno, un retiro o destino análogo a su avanzada edad para la subsistencia de su dilatada familia; se le mandó por supremo decreto de 24 de Diciembre de 1817, que corre signado bajo el número 3, pasase a servir una plaza de escribiente en la Comisaría de Guerra, con la dotacion de 800 pesos al pretesto de convenir así al bien público i del Erario; de modo que de un golpe le hicieron descender en el carácter del empleo i en el sueldo. Si se le consideró útil para aquel destino parece era de rigorosa justicia con el goce del último sueldo que disfrutó de 1,200 pesos. El obedeció, como debia, sin hacer reclamacion, esperando el resultado del ofrecimiento que se le hizo en el indicado decreto de 24 de Diciembre de 1817. Se han pasado seis años sin tener efecto. En ellos ha sufrido la baja de 400 pesos anuales i las escaseces que son consiguientes.

En remedio de todo ocurre a la justificacion de V. E. S. para que, en vista de los documentos que presenta, se digne mandar que el empleo que actualmente sirve, sea con el goce del referido sueldo de 1,200 pesos. Con este corto avance considera remunerados sus servicios i asegurada su subsistencia el corto tiempo que exista. Nada mas exije porque su actual estado le priva el exacto desempeño de otra colocacion mas activa. —Así lo espera conseguir por ser de justicia. Excmo. Señor. —Juan José de Noya.


Santiago, Mayo 3 de 1823. —Informen los Ministros del Tesoro Público. —Freire. —Menare.


Núm. 868

Excmo. Señor:

Los documentos presentados por el ciudadano don Juan José Noya comprueban a plenitud sus antiguos servicios a la Patria, desde los momentos de nuestra gloriosa revolucion, su decidida adhesion a la causa de la América i sus méritos.

El Supremo Gobierno, conformándose con los previos informes de esta Tesorería Jeneral i Ministerio fiscal, declaró que en la provision de empleos debia dársele colocacion análoga a sus buenos conocimientos en beneficio del Estado, i del mismo interesado, segun consta a fojas 3 vuelta.

Fué nombrado de secretario del señor jeneral en jefe del ejército, con el sueldo de 1,200 pesos, que desempeñó hasta el de 1817, que se le destinó de oficial mayor a la Comisaria Jeneral de la guerra, con 800 pesos, bajo estas terminantes espresiones "hasta que por este nuevo mérito se le coloque en otro destino de mas comodidad i sueldo, pues, por las actuales circunstancias debe desempeñar éste, a que lo llama el bien público i del Erario" cuyos despachos corren a fojas 6 i fojas 10. Obedeció i llenó el cargo, bajo las órdenes del Ministro tesorero que informa hasta que estinguida la Comisaría se reasumieron sus funciones en los Ministros de Hacienda. La hoja de servicios, que corre a fojas 16, es un resúmen de lo espuesto. El recurrente fué