Página:Sesiones de los Cuerpos Lejislativos de Chile - Tomo XIII (1826-1827).djvu/300

De Wikisource, la biblioteca libre.
Esta página ha sido validada
300 CONGRESO NACIONAL

presentación firmada por don Miguel Zañartu, don José Santiago Sánchez i don José Ignacio Zenteno, i como hasta ahora no se le ha dado, duda los términos en que ha de dar cumplimiento a la lei, i la responsabilidad a que terminantemente se le liga.

El Vice Presidente de la República espera que, tomando el Congreso Nacional en consideración las dificultades que ofrece este asunto, se servirá allanarlas.

Con este motivo, el Vice-Presidente tiene la honra de ofrecer al Congreso Nacional los sentimientos de su mas alto respeto i consideración. —Santiago, Noviembre 24 de 1826. —Agustin de Eyzaguirre. —J. M. Gandarillas. —Al Congreso Nacional.

Sala de sesiones, Noviembre 27 de 1826. —A la Comision de Justicia i Lejislacion. —Montt.


Núm. 497

Soberano Señor:

Los diputados que suscriben hacen presente a la Soberanía Nacional que el encargado de la junta de educación pública de la provincia de Coquimbo, solicita llevar a aquel destino un relijioso de probidad i talento de la Orden de mendicantes del señor San Francisco. El individuo está llano i conveniente, así es que se halla bajo el supuesto de su voluntad; solo resta la licencia del prelado que lo necesita en su convento para rejentar la cátedra de teolojía; todo un pueblo lo pide para la de matemáticas, hidráulica, maquinaria i otras facultades que no es fácil hallar profesores.

Las razones poderosas que se espondrán verbalmente a la Sala por los que suscriben, basten por ahora decir que se ruega i suplica a la Soberanía exhorte el devoto provincial de la Orden insinuada a que facilite la licencia, esperando de su patriotismo no se niegue al reclamo de una provincia entera a la preferencia que demanda la enseñanza pública sobre la privada i a que, consiguiente el prelado a su propiedad i votos, conocerá que es mas virtuoso enseñar una juventud numerosa i en ramos tan importantes que una escuela privada, i mas en una capital donde hai tantos de la materia a que está destinado el reiijioso apetecido.

Los diputados que suscriben saludan con su mayor respeto a la Sala i suplican encarecidamente la pronta resolución de un asunto tan obvio como importante. —Santiago i Noviembre 24 de 1826. —José Manuel BarrosJ. M. Irarrázaval. —Juan Fariñas. —J. A. de Sapiain.


Núm. 498


Mocion

Cuando el ataque a la libertad se mira ya entre nosotros como el aborto propio de los siglos bárbaros, i cuando por todas partes los principios que proclamamos no tienden a otro fin, vemos aun disposiciones que la atacan en toda su estension. Tal es la que faculta a los consanguíneos señores de directo dominio, etc., para que puean retractar la especie vendida dentro de Indias i bajo las condiciones que previene la lei recopilada. Diariamente estamos viendo las diversas maniobras que obran las partes o para evitar este paso o para poderlo beneficiar. Consanguíneos supuestos, juramentos falsos i, sobre todo, dilatados juicios, hé aquí el resultado de tal lei. Cada pleito consume una familia, i si los lejisladores del año 26 han logrado minorarlos, han hecho un bien a la humanidad. No me demoraré en hacer presente el oríjen de tal institución. Pudieron haber tiempos en que fuese justa; mas, hoi es enteramente perniciosa. El amor que debe tener el hombre a los bienes de sus mayores, no entra en balanza con la desmoralización i males que produce. Por esto es que propongo a la Sala el siguiente


Proyecto de lei:

Queda abolido el privilejio de tantear o de retractar, concedido por las leyes.

Sala de sesiones, Noviembre 23 de 1826. —José S. Montt.


Núm. 499

La leivijente de que todos los sueldos se cubran en Tesorería, no solo ha atacado la libertad e independencia de la administración de justicia, sujetando su suerte a la voluntad de los Ministros de esa Tesorería o al de Hacienda; no solo ha concluido sus recursos en la privación de esa renta por un año poco ménos; no solo ha abatido su cargo en pasos i dilijencias desairadas, sino, lo que es mas, tiene ya a los Ministros de ámbas Cortes en estado de retirarse a sus casas para buscar el pan por otros medios.

El carácter pasivo de esos empleos, su distancia de las oficinas en que hai ingresos de caudales i la misma clase odiosa, asidua i responsable de sus cargos, obstruyen los resortes de que parte el pasivo de sus haberes, i siendo éstos un patrimonio público, dedicado a premiar al servidor, los ven los Ministros reclamantes distribuidos con desproporción tan enorme que, como dijeron ántes, sufren la retención de cerca de un año, cuando a los demás empleados tal vez no se les debe cuatro meses.

Agobiados de empeños, desengañador de que