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SESION DE 13 DE JUNIO DE 1831

lo criminal, para que esprese agravios. El delito porque ha sido sentenciado, lo es, el de desertor: él se presentó de voluntario al servicio por dos años, en 14 de Febrero de 1830, siendo desertor del batallón Maipú, i desde esa fecha hasta 8 de Marzo último, hizo tres deserciones mas. Es cuanto cree deber informar a V. S. esta Corte en contestación de su apreciable nota de 7 del corriente. —Dios guarde a V. S. muchos años. —Santiago, Junio 9 de 1831. —José María Villarreal. —Señor Ministro de Guerra.


Con el oficio de estilo, pase esta nota al Presidente de la Cámara de Senadores. —Santiago, Junio 9 de 1831.



Núm. 154 [1]

La madre del soldado José Villavicencio ha ocurrido al Congreso, solicitando indulto para su hijo, condenado a muerte por delito de deserción. A esta Cámara le ha cabido tomar primero la súplica en consideración; i para proceder con la circunspección debida, ha resuelto que el que suscribe se dirija a V. E. a fin de que mande al Juez que conoce de la causa, informe sobre ella a la mayor brevedad, suspendiéndose la ejecución, como es regular, para que tenga efecto la gracia, si llega a dispensarse.

Con este motivo, el que suscribe tiene el honor de reiterar a S. E. las consideraciones de su alto aprecio. —Santiago, Junio 4 de 1831. —JOSÉ IGNAGIO, OBISPO DE RETIMO, Presidente. Juan Francisco Meneses, Secretario. —A S. E. el Vice-Presidente de la República.


Santiago, Junio 6 de 1831. —Informe a la mayor brevedad el Comandante Jeneral de Armas, i del resultado dése cuenta a la Cámara de Senadores. —(Hai una rúbrica). —Mujica, Subsecretario.



Núm. 155

Excmo. Señor:

Cumpliendo con el decreto supremo de esta fecha, debo informar a V. E. que el soldado Fermín Villavicencio fué sentenciado a muerte en Consejo de guerra ordinario, por delito de tercera deserción, i después de notificársele la sentencia, se remitió con autos a la Corte Marcial, en cuyo superior tribunal se encuentra, sin que hasta ahora sepa el Comandante Jeneral que suscribe cuál sea la decisión de la Corte a este respecto. —Santiago, Junio 6 de 1831. —Excmo. Señor. —José Ignacio Zenteno. Santiago, Junio 7 de 1831. —Oficíese a la Corte Marcial pidiendo conocimiento de la causa de que se hace mérito. —(Hai una rúbrica). —Mujica, Sub-Secretario.



Núm. 156

El que suscribe tiene el honor de acusar recibo al señor Presidente del Senado de la nota en que le comunica el nombramiento hecho de Presidente de la Caja de Amortización, i de avisarle también que en sesión de hoi ha sido electo Vice-Presidente de la misma el señor don José Antonio Rosales. —Dios guarde al señor Presidente. —Santiago, Junio 9 de 1831. —Joaquín Tocornal. —Manuel Camilo Vial, Diputado-Secretario. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.



Núm. 157

La Comision de Justicia ha tomado en consideración la nota de la Corte Suprema de Justicia pasada al Senado por el Ejecutivo para que se nombren dos jueces suplentes para aquel tribunal. La Comision cree que, teniendo la Corte Suprema solo dos audiencias por semana, pueden desempeñar sus funciones los miembros que han sido electos diputados, sin perjuicio de asistir a la Cámara de éstos. En consecuencia, presenta la Comision a la Sala el siguiente proyecto de decreto:

"Artículo único.—No há lugar a la solicitud de la Corte Suprema, i los miembros ocupados en la Cámara de Diputados continuarán en el despacho de aquel Tribunal, sin perjuicio de la asistencia a las sesiones de aquel cuerpo." —Santiago, Junio 13 de 1831. —M. J. Gandarillas.



Núm. 158

La Comision especial nombrada para examinar la proposicion que ha presentado el señor don Manuel Gandarillas, sobre la convocacion de una gran Convención para el exámen i reforma de la Constitución, la ha considerado con la circunspecta meditación que exije su importancia.

La proposicion encierra dos resoluciones, ámbas de inmensa gravedad. I.ª La declaración de que estamos en el caso de que la Constitución se examine i revea. 2.ª La forma de la autoridad o asamblea que haya de verificar esta revisión i consiguiente modificación o alteración.

La Comision cree que para obtener mejor el acierto i facilitar la discusión en las Cámaras es

  1. Este documento ha sido trascrito del volumen titulado Correspondencia del Congreso Nacional, 1818 a 1835, tomo 80, pájina 203 del Archivo del Ministerio de Guerra. (Nota del Recopilador.)