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SESION DE 1.º DE OCTUBRE DE 1831

Hacienda se hagan las mejoras que exijan tanto su planta de empleados como su contabilidad i manejo económico de un modo que con la uniformidad produzca los resultados favorables que se propuso la Lejislatura, debe diferirse la resolución de esta solicitud para ese caso; i a efecto de que se tengan presentes sus motivos, se devuelva al Poder Ejecutivo para que la dirija al Visitador Jeneral, que con ella a la vista i sobre las mismas oficinas le dará los datos que aseguren la decisión.

Santiago, Octubre 10 de 1831. —Vial. —Ovalle. —Barros.



Núm. 289

La Comision ha visto los documentos producidos para esclarecer la consulta sobre el sueldo que debió gozar el Director-Delegado don Fernando Errázuriz durante la ausencia a Chiloé del ex-Director don Ramón Freire; i opina que, no presentando duda el tenor de las decisiones que rejian entonces, la Lejislatura no tiene qué esplicar, siendo una aplicación de ellas la que se presenta en el espediente. Se decidió por los decretos supremos de 15 de Junio de 1817 i 2 de Enero de 1818 que el sueldo de los delegados era de 8,000 pesos sobre su sueldo militar, que era justamente los que disfrutaba al propietario; i habiéndose aumentado el de éstos por el senado-consulto de I.° de Julio de 1820 a 12,000 pesos, la aplicación de esta lei al caso del señor Errázuriz sucedido el año de 24, solo presenta una decisión de hecho que no compete a las Cámaras, i que debe devolverse al Ejecutivo para que la haga con arreglo a las citadas disposiciones. —Santiago, Octubre 1.º de 1831. —Barros. —Vial. —Ovalle



Núm. 290

Es tan interesante al Estado el buen desempeño de la comision científica encargada al profesor Monsieur Claudio Gay como necesarios los instrumentos, sin los que no puede desempeñarse con acierto, lo mismo que, puesto en comunicación con los sabios de Europa, nos proporcione el comercio de luces i pueda, al mismo tiempo, asegurarse de la calidad de los instrumentos.

También es conocida la necesidad de proveer la Academia Militar de útiles, como proporcionar modelos i agricultores enseñados por principios para protejer este ramo principal del país; i por eso la Comision opina:

  1. Que se faculte al Ejecutivo para hacer el gasto de seis mil pesos en estos objetos;
  2. Que se comisione al efecto a Monsieur Claudio Gay con la mitad del Sueldo de que disfruta, para que conforme a las notas e instrucciones que le dé el Poder Ejecutivo, los invierta en ellos de acuerdo con nuestro comisionado en Lóndres;
  3. Que el Gobierno contrate las seguridades i término en que el comisionado Gay ha de espedir su encargo. —Santiago, Octubre I.° de 1831. —Barros. —Vial. —Ovalle.



Núm. 291

Por los documentos producidos de parte de doña María del Cármen Mateluna, viuda del finado don Pedro Pascual Rodríguez, resulta que sobre dilatados i buenos servicios ordinarios, hizo los estraordinarios que glosa la carta de fojas 1, toda de puño i letra del jeneral San Martin, en la fundición de municiones i demás aprestos de maestranza, de que fueron testigos todos los emigrados a aquel punto, i el del haber establecido en esta Casa de Moneda las mejoras que aprendió en la de Lima, con notables ventajas del Erario, según glosa el informe del Superintendente, referente a su foja de servicio que comprobada acompaña, asegurando que en su tiempo hai dos ejemplares de pensiones concedidas por buenos servicios a la Casa; por lo que opina la Comision que la suplicante se halla en el caso de que se le dispense la gracia que solicita, en los términos siguientes:

  1. Se conceden doscientos pesos anuales a doña María del Cármen Mateluna i sus hijos habidos de don Pedro Pascual Rodríguez, por los servicios estraordinarios que éste prestó a la patria.
  2. Durará esta asignación mientras dure la viudedad de doña María del Cármen; i muriendo o pasando a segundas nupcias, continuará en sus hijos, los varones hasta cumplir veinte años i las mujeres hasta que tomen estado. —Santiago, Octubre I.° de 1831. —Ovalle. —Barros.



Núm. 292

El Congreso Nacional ha sancionado el siguiente proyecto de decreto:

"El Congreso Nacional de Chile, considerando que don José Tomás Ovalle, después de haber servido a la patria en vatios empleos de importancia, desempeñándolos satisfactoriamente, se hizo cargo del Supremo Gobierno de la República en las circunstancias mas difíciles i desgraciadas en que ésta se ha hallado, i que en el ejercicio de este alto destino desplegó tal vigor, prudencia i rectitud, que sus nobles esfuerzos para conseguir la terminación de la guerra civil, la unión i restablecimiento del órden fueron coronados con el mas feliz suceso: considerando que en medio de estas jenerosas tareas i talvez por consecuencia de ellas, rindió su último aliento en servicio público, dejando un ejemplo de patriotismo, celo e integridad, digno de servir de modelo a sus sucesores: considerando, en fin, que la Nación está obligada a estimular las virtudes