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SESION DE 6 DE ABRIL DE 1830 297
CONGRESO DE PLENIPOTENCIARIOS
SESION 22, EN 6 DE ABRIL DE 1830
PRESIDENCIA DE DON JORJE EDWARDS


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Eleccion de capitulares en San Felipe. —Nombramiento de Intendente i Vice-Intendente para Valdivia. —Id. id. id. para Santiago. —Id. id. id. para Aconcagua. —Acta. —Anexos.


CUENTA

Se da cuenta:

  1. De un oficio, en que S. E. el Vice-Presidente de la República comunica que en el Cabildo de San Felipe no hai, al presente, mas de dos cabildantes hábiles para funcionar, i propone se adopte alguna medida para completar el número. (Anexo núm. 374. V. sesion del 1.º)
  2. De otro oficio, en que el mismo Majistrado comunica haber nombrado para Intendente i Vice-Intendente de Valdivia, respectivamente, a don Jaime de la Guarda i a don Victor Jaramillo, i pide la aprobacion de estos nombramientos. (Anexo núm. 375. V. sesion del 17 de Febrero de 1830.)
  3. De otro oficio, en que el mismo Majistrado comunica haber nombrado para Intendente i Vice-Intendente de Santiago, respectivamente, a don Enrique Campino i a don Pedro N. Uriondo. (Anexo núm. 376. V. sesion del 17 de Febrero de 1830.)
  4. De otro oficio, en que el mismo Majistrado comunica haber nombrado para Intendente i Vice-Intendente de Aconcagua, respectivamente, a don Fernando Rosas i a don Pedro Mena. (Anexo núm. 377. V. sesion del 13 de Agosto de 1830.)
  5. De una nota, en que el Plenipotenciario don J. Tocornal, espone que por ser a la vez tesorero i vista de la Aduana, no puede asistir a las sesiones del Congreso. (Anexo núm. 378. V. sesion del 2 bis.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Que el Intendente de Aconcagua convoque por esquela a los vecinos de San Felipe para que, en union con los dos cabildantes hábiles, elijan los individuos que falten en el Cabildo. (Anexo núm. 379. V. sesion del 11 de Jimio de 1830.)
  2. Aprobar los nombramientos de Intendentes i Vice-Intendentes, hechos por el Poder Ejecutivo para las provincias de Valdivia, Santiago i Aconcagua. (Anexos núms. 380, 381 i 382.)