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184 CÁMARA DE DIPUTADOS
CÁMARA DE DIPUTADOS
SESION 60, EN 4 DE DICIEMBRE DE 1828
PRESIDENCIA DE DON BRUNO LARRAIN


SUMARIO. —Asistencia. —Aprobacion del acta de la sesion precedente. —Cuenta. —Proyecto de reforma de la Factoría del estanco. —Id. de la lei de imprenta. —Acta. —Anexo.


CUENTA

Se da cuenta:

De un oficio en que el Senado comunica haber aprobado el proyecto de lei de imprenta, suprimiendo el art. 50 (V. sesion dei 22 de Noviembre de 1828) i haber nombrado una Comision para que esponga a la Cámara de Diputados los motivos de esta supresion. (Anexo núm. 192. V. sesion del 30 de Enero de 1829.)

ACUERDOS

Se acuerda:

  1. Reformar cierta espresion en el proyecto relativo a la Factoría del estanco. (V. sesiones del 2 i el 11.)
  2. Llamar a la Comision del Senado para que venga a esponer los motivos de la supresion del art. 50 del proyecto de lei de imprenta, i en seguida aprobar dicha supresion.

ACTA

SESION DEL 4 DE DICIEMBRE

Asistieron los señores Araos, Argomedo, Argüelles, Barros, Campino, Collao, Concha, Cortés, Echeverría, Elizalde, Escanilla, Infante, Larrain, Marin, Muñoz, Novoa, Palacios, Ramos, Reyes, Sotomayor, Valdés i Villar. Llegaron despues de leida el acta, los señores Bilbao i Orgera i faltaron con licencia los señores Albano, Castillo, Cotapos, Gana, González, Molina, Orihuela, Ureta, Urízar i Valdivieso.

Leida el acta de la sesion anterior, fué aprobada.

El señor Novoa tomó inmediatamente la palabra i espuso que en la nueva redaccion que se habia dado a la parte segunda del artículo 1.º sobre reforma de la Factoría de estanco, notaba que la palabra Comision de que allí se usaba era de un sentido confuso i podria ocasionar dudas sobre su intelijencia, pidiendo en consecuencia que se subrogase con una espresion mas clara i sencilla. Así se efectuó por unánime consentimiento de la Sala, i los dos artículos sancionados sobre la Factoría de estanco quedaron con la redaccion siguiente:

Artículo primero. Queda sujeta la Factoría del estanco al Poder Ejecutivo, quien ejercerá sobre ella las facultades que la lei vijente con