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SESION DE 29 DE OCTUBRE DE 1828

Art. 8º. Comuniqúese a quienes corresponda."

Siendo la hora avanzada, se levantó la sesión. —CASIMIRO ALBANO.


ANEXOS

Núm. 449

Los directores del hospicio de inválidos solicitaron del Gobierno la liberación de catorce mil setecientos un pesos, siete i cuartillo reales que entre capital i réditos vencidos se creia gravasen a favor del Fisco sobre las propiedades de aquel establecimiento, implorando al mismo tiempo el permiso de vender a censo las tierras que le pertenecen para ocurrir con sus productos a los gastos que exije, no solo el fomento de tan piadosa i necesaria institución, sino también la mantención diaria de los infelices que habiendo buscado su amparo a virtud de invitaciones i aun de órdenes de la autoridad, han adquirido un derecho a que no se les deje perecer entre los horrores del hambre i desnudez que por falta de auxilios esperimentan actualmente.

Incidentes que ocurrieron despues i que notará la Cámara pasando la vista por el espediente que se le incluye, indujeron a la Junta de Hacienda, a quien el Gobierno consultó para resolver, a dictaminar que este negocio se decidiese ante los juzgados ordinarios; pero como no es a éstos a quienes toca la concesion del permiso solicitado, i como por otra parte, aunque su fallo fuese ventajoso al erario público, éste no podria realizar sus alcances al hospicio, por la absoluta nulidad a que se hallan reducidos sus fondos, sin contar con el deber de sostenerlo a todo trance; el Gobierno no puede ménos de unir sus ruegos a los de los directores para que la lejislatura acceda al pensamiento propuesto por ellos, permitiendo se enajenen las mencionadas tierras i absolviendo al establecimiento de todo cargo que pudiera hacerle el Fisco de resultas de un juicio infructuoso i dilatado.

El Gobierno puede asegurar que a no tomarse esta medida o cualquiera otra que acuerde la sabiduría del Congreso, es inevitable la ruina total del hospicio, con todos los males que se han sentido siempre que la penuria de la hacienda ha interrumpido su influencia benéfica. El Vice-Presidente de la República saluda nuevamente a la Cámara de Senadores con las consideraciones de su mas distinguido aprecio. —F. A. Pinto. Cárlos Rodríguez.


Núm. 450

Cuando presentamos al Gobierno la razón de los cargos que hace el hospicio al Fisco, no fué con el objeto de promover un juicio, sino manifestar mas a las claras la justicia con que solicitamos la liberación de la deuda Fiscal que le graba.

Ya hemos anunciado oportunamente al Gobierno la decadencia del establecimiento por falta de fondos; i los empeños contraidos para sostenerle miéntras se provee a esta necesidad, constan de la cuenta que tenemos presentada. Si esperamos ahora a que los Tribunales de justicia decidan sobre la compensación, vendremos a obtener el fallo cuando quizas no exista el hospicio. Por otra parte ¿a qué engolfarnos en un juicio que aun siéndonos contrario tendría el mismo resultado para el Gobierno, pues o destruía el establecimiento o le proveía de fondos? ¿I qué perjudica al erario carecer de un crédito que de hecho lo tiene cedido? El señor Fiscal en su vista ha reconocido por un deber del Gobierno acceder a nuestra solicitud, en que de nuevo insistimos.

Si se cree necesaria la aprobacion de la Lejislatura para la liberación de la deuda que pedimos, no debe retardarse este paso, ni por esto entorpecerse las dilíjencias de proponerla i demás prévias a la enajenación que entre tanto pueden irse practicando; pues siendo el fundo del hospicio no hai razón para estorbarle su venta, respondiendo por los derechos fiscales caso de no accederse a nuestra solicitud.

Sírvase V. S . elevarlo todo al conocimiento de S. E. el Vice-Presidente de la República a fin de que se acuerde la medida mas conveniente.

Aprovechamos esta oportunidad para reiterar a V. S. del modo mas espresivo los ofrecimientos de respeto i consideración. —Santiago, Octubre 14 de 1828. Manuel de Salas . —Domingo Eyzaguirre. — Rafael V. Valdivieso Zañartu. —Señor Ministro de Estado en el departamento del Interior. —Al señor Presidente de la Cámara de Senadores.


Núm. 451

El Vice-Presidente de la República tiene la honra de poner en noticia de la Cámara de Senadores, que ha dictado las providencias convenientes al cumplimiento del decreto del Congreso Nacional sobre el Tribunal de imprenta, que aquella se sirve trascribirle en su apreciable nota de ayer. —Santiago, 25 de Octubre de 1828. —F . A. Pinto. Cárlos Rodríguez. —A la Cámara de Senadores.


Núm. 452

Habiendo elevado al conocimiento de S. E. el Vice-Presidente de la República la apreciable nota de V. S. datada el 25 del corriente bajo el número 40, se ha servido ordenarme diga a V. S. en contestación, que no halla embarazo para que