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SESION DE 3 DE JUNIO DE 1834

Puerto de cabotaje en la costa de Curanipe, el cual fué aprobado por la comision nombrada por dictaminado, i lo fué del mismo modo por unanimidad de la Sala. I siendo la hora avanzada, se levantó la sesión. —MERINO. —Fernández, diputado-secretario.

Es copia de su orijinal que existe en esta secretaría. — Cauquenes, Junio 26 de 1834. Urrutia.


Núm. 486

Al remitir el espediente que S. E. el señor Presidente de la República, en oficio de 20 de Mayo ante próximo, me pide para proveer sobre la nueva demarcación del puerto de Constitución, ha obtenido esta Intendencia datos i comprobantes verdaderos que los límites de la división aprobada, en virtud del espediente que en copia se remitió al efecto al Ministerio, están sumamente desproporcionados a la estension contrabalanzada, que debe corresponderle con el departamento colindante de Cauquenes. Aquel equívoco que padeció este gobierno fué efecto de las ideas imperfectas que a la vez se le dieron de la localidad i confines. Ahora bien, impuesto del por menor de la demarcación que la honorable Asamblea de esta provincia verificó del citado departamento en el año de 1831, i con nuevo exámen del territorio que él comprende, acompaño testimonio de la respectiva acta, a fin de que S. E., penetrado del error precedente, se sirva revocar la aprobación indicada i aprobarla en los mismos linderos que contiene el acta mencionada, pues este guarda la debida proporcion con el departamento confinante, i están cabalmente designados por la naturaleza. —Dios guarde a V. S. —Intendencia del Maule. —Cauquenes, Junio 26 de 1834. Domingo Urrutia. —Al señor Ministro de Estado en el Departamento del Interior.


Núm. 487


PROYECTO DE DECRETO:

"Artículo único. No se admitirá a discusión por la Cámara solicitud alguna cuyo objeto sea impetrar pensiones de gracia sobre el Erario, miéntras el Congreso Nacional no dictare una lei que le sirva de regla para espedirse con uniformidad en esta clase de pretensiones." Sala del Senado, Junio 3 de 1835. Manuel Renjifo.


Núm. 488

Soberano Señor:

El ciudadano don José Calisto Escobar, ante Vuestra Soberanía respetuosamente espongo: que, hallándose vacante la plaza de portero del Senado, i creyéndome con las suficientes aptitudes para poder desempeñar cumplidamente este destino, ofresco desde luego mis servicios a Vuestra Soberanía, protestando dedicarme con la mayor decisión i fidelidad al exacto cumplimiento de los deberes de tal.

Para garantir mi presente solicitud, no recordaré aquí méritos ni servicios anteriores; únicamente apoyaré mi petición en el patriotismo i aptitudes, fundamentos verdaderamente mas reales i positivos cuando se trata del servicio público i de llenar un vacío para el cual debe atenderse, sobre todo, la suficiencia como único principal requisito.

Los documentos que acompaño acreditan dichas cualidades en mi persona; en cuya atención, elevo confiadamente ante Vuestra Soberanía esta súplica, i en consideración a lo espuesto.

-Dígnese Vuestra Soberanía acceder de conformidad; que es gracia, etc. —José Calisto Escobar.


Señor don Pedro Salas. —Abril 25 de 1835.

—Mui señor mió de mi mejor aprecio:

Hallándome con necesidad de acreditar mi conducta, actividades i patriotismo para elevar al Soberano Senado mi solicitud sobre la plaza de portero, suplico a Ud. tenga la bondad de informar sobre el particular i para los fines indicados, i dispense las importunidades de su atento affmo. S. que B. S. M. —José Calisto Escobar.


A petición de don José Calisto Escobar digo que me consta su honradez, buena conducta, actividades i patriotismo, por lo que le considero acreedor al destino que solicita. Es cuanto puedo informar en obsequio de la verdad. —Santiago, Abril 25 de 1835. —Pedro de Salas.


Señor don José Eujenio Herrera. —Abril 25 de 1835. —Mui señor mió de mi mejor aprecio:

Hallándome con necesidad de acreditar mi conducta, actividades i patriotismo para elevar mi solicitud al Soberano Senado sobre la plaza de portero del Senado dicho, suplico a Ud. tenga la bondad de informar en órden a las calidades dichas i para los fines indicados, i dispense las importunidades de su atento affmo. S. que B. S. M . —José C. Escobar.


A petición de don José Calisto Escobar digo que yo lo he tenido en el concepto de hombre de bien, de actividades i patriotismo; es cuanto puedo informar para los fines que le convengan. —Santiago, Abril 25 de 1835. —J. Eujenio Herrera.