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CÁMARA DE DIPUTADOS
Sueldos i prest anuales | |||||
200 | Fuerza i costo de dos compañías estacionadas en Concepcion, compuestas de cien hombres cada una | $ 19,512 | $ 54,972 | ||
Una compañia de caballería | |||||
Un Capitan | $ 792 |
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Un Teniente | 516 |
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Dos Subtenientes, con 396 pesos anuales cada uno | 792 |
$ 2100 | |||
1 | Sarjento 1.º |
$ 144 | |||
4 | Satjentos con 120 pesos anuales cada uno. |
480 | |||
8 |
Cabos, con 96 pesos anuales cada uno |
768 | |||
2 | Mariscales, con 72 pesos anuales cada uno |
144 | |||
85 | Artilleros, con 72 pesos anuales cada uno |
6,120 | $ 7,656 | ||
Plana Mayor | |||||
Un Coronel, Comandante Jeneral | $ 2,820 | ||||
Dos Tenientes-Coroneles, con 1,692 pesos anuales cada uno | 3,384 | ||||
Un Sarjento Mayor | 1,128 | ||||
Tres Ayudantes Mayores, con 624 pesos anuales cada uno | 1,872 | ||||
Un capellan |
348 | ||||
Un escribiente. | 264 | ||||
Gratificacion a la Comandancia para papel |
48 | $ 9,864 | |||
Mas costo | |||||
Papel para las ocho compañías, catorce reales mensuales |
$ 168 | ||||
La compostura de armas, regulándose a uno i medio reales mensuales por cada plaza sobre la fuerza precedente, importa al año |
$ 1,383 | .6 | |||
Gastos de reclutas | |||||
Para el costo del vestuario, se regulan diez reales mensuales por Plaza |
$ 9,225 | ||||
Por la mantencion de cien caballos para otras tantas plazas de que se compone la compañía de caballería, se regula medio real diario en los seis meses de verano, i tres cuartillos de real en los de invierno, que en ámbos tiempos importan dos mil ochocientos cincuenta i seis pesos dos reales. | 2,856 | .2 | |||
También debe abonarse a la espresada compañía, un diez por ciento de pérdida en la caballería que son diez al año, i avaluando cada caballo a ocho pesos resultan |
80 | ||||
Así mismo deben abonarse dos reales mensualmente por plaza a la compañía montada, para sosten de la montura que reciban por la primera vez, i costo de las ulteriores |
300 | ||||
Igualmente debe considerarse un cinco por ciento en enfermos que se calculan sobre la fuerza total de las 615 plazas que resultan 30 i ¾ individuos, que al respecto de tres reales diarios cada uno, según la contrata actual, asciende anualmente a la cantidad de 4,208 pesos 7¼ reales, de cuya suma deben rebajarse 1,107 |