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SESION DE 23 DE DICIEMBRE DE 1836

de la libertad del Perú i al mando de la Escuadra combinada, bloqueaba el puerto i batía las fortalezas ocupadas por el Jeneral español Rodil. Franqueando el Gobierno del Perú sus puertos a todas las naciones de la tierra, parece que solo reserva este tratamiento para Chile i acaso para la España.


V. S. encuentra la razon de esta conducta en los procedimientos del bergantin Aquíles en 21 de Agosto último; pero, el embargo de los buques peruanos, a mas de haber sido conforme a los mas severos principios de justicia, fué, como V. S. no ignora, la consecuencia inmediatamente precisa del uso que el Gobierno del Perú hacía de sus fuerzas navales para destruir la libertad i aun la independencia misma de Chile, abismándole primero en todos los horrores de la guerra civil.


En alguno de los buques de mi mando, reconocerá V. S. las prendas de paz con que el Gobierno del Perú brindaba a Chile en medio de la mas perfecta amistad, i cuando la honradez i lealtad chilenas no habían dado el menor motivo de queja; mas, no es del caso tocar estos hechos odiosos que renuevan ideas contrarias a los sentimientos de paz que debemos guardar, i de que, sobre todo, no corresponde a nosotros tratar.


Los deseos de mi Gobierno de estrechar las relaciones de amistad entre el Perú i Chile, se manifiestan mejor en el hecho mismo de remitir un Ministro Plenipotenciario a este efecto, que en el insignificante convenio firmado por don Victorino Garrido, i que, celebrado con quien no tenía clase alguna de poderes que le autorizasen para convenir sobre los intereses jenerales de la Nacion, fué visto dejarse a la ratificacion discrecional del Gobierno de Chile.


Por el contrario, la conducta del Gobierno del Perú respecto de la Escuadra de mi mando, indica el deseo gratuito de manifestar un ánimo hostil sin motivo i sin objeto. Las fuerzas peruanas no pueden desalojarme de la posicion que ocupo en este puerto ni de ninguna otra, fuera de los fuegos de las baterías, i el ponerme dentro de su alcance, léjos de ser motivo de alarma, lo sería de satisfaccion para el Gobierno, i una prueba evidente de mi confianza i de la sinceridad de mis intenciones.


Por último, señor Jeneral, encargado de conducir a mi bordo i poner en tierra al señor Ministro Plenipotenciario de Chile, i esperar el resultado de las negociaciones, mi deber es cumplir con esta órden. El no puede desembarcar si se impide que la Escuadra que le conduce éntre al puerto. Tampoco puede permanecer incomunicado con la Escuadra de mi mando, despues que desembarque, ni sería decoroso ni posible que, al mismo tiempo que permanecía un Ministro Plenipotenciario en tierra i subsistiesen las relaciones de buena armonía, estuviese la Escuadra de mi mando en absoluta incomunicacion i considerada de hecho como enemiga. Tampoco alcanzo a concebir qué nueva hostilidad podría resultar de que los buques chilenos se hallasen en mas o ménos proximidad a tierra, o qué clase de desconfianza puede tenerse de ellos en una situacion u otra; atendido el estado actual de las fuerzas navales del Perú.


Con este motivo, tengo el honor de reiterar a V. S. las protestas de los sentimientos, de consideracion i aprecio, con que soi de V. S. mui atento i obediente servidor. —Comandancia Jeneral de la Escuadra de Chile. —A bordo de la Corbeta Valparaiso al ancla enfrente del Callao. —Noviembre 1.º de 1836. —Manuel Blanco Encalada. —Al señor Jeneral, Comandante Jeneral de Marina i Gobernador del Callao.




Núm. 395

Número 4


Señor:


El oficio que V. S. se ha servido dirijirme, con esta fecha, es de tal naturaleza, que siento no esté en la esfera de mis atribuciones el pasar a contestarlo en los términos debidos. Como gobernador político i militar de esta plaza, debo ceñirme al desempeño de las obligaciones que mi destino me impone, i al exacto cumplimiento de las órdenes de mi Gobierno, sin entrar en comunicaciones que son propiamente del dominio de la diplomacia.


Las instrucciones que tengo respecto de la Escuadra del mando de V. S., son de no dejarla entrar en el puerto a tiro de cañon porque el Gobierno, en defensa i custodia de los intereses nacionales, no debe dar lugar a que se repitan actos semejantes al que V. S. ha querido calificar de embargo. Si el Gobierno de Chile desea sinceramente la buena intelijencia con el del Perú, i supuesto que existe a bordo de la Escuadra un Ministro Plenipotenciario, encargado del cultivo de relaciones amistosas, parece que lo natural es que el predicho Ministro se dirija a mi Gobierno para todo lo que pueda conducir al lleno de su mision, bien sea desembarcando, como he tenido la satisfaccion de participar a V. S. que puede hacerlo libremente, o bien por medio de comucaciones oficiales desde a bordo.


Entre tanto, i miéntras por mi Gobierno no se me prevenga cosa en contrario, es de mi deber reiterar a V. S. que son terminantes las órdenes que tengo acerca de no permitir que los buques de guerra chilenos entren en el puerto; añadiendo que me sería sobre manera sensible la menor tentativa practicada por V. S. contra la inviolabilidad del territorio, aunque de sus consecuencias sería V. S. el solo responsable ante Dios i los hombres.


Con tal motivo, el que suscribe tiene el honor de ofrecer al señor Vice-Almirante, los senti