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CÁMARA DE DIPUTADOS

Sucta por la del Gobierno de los Estados Nor i dur Peruanos, es éste quien se ha visto, i se ve, en la precision de ajustar la suya a la de aquél.


Supuesto que el Gobierno de Chile creyó tener razones para atribuir complicidad a éste en la espedicion de don Ramon Freire, parece que lo justo i lo natural, en tal caso, era pedir las esplicaciones convenientes, salvo su derecho de ocurrir al medio que juzgase mas adecuado a la satisfaccion de su honor i dignidad, si nos negábamos a dárselas.


En vez de seguir esta línea de conducta, prefirió perpetrar el hecho del bergantin Aquíles, hecho que, a lo violento i escandaloso de él, agrega lo inaudito por el modo en que se ejecutó; hecho que, bajo todos sus aspectos, ha sido espresamente aprobado por el Presidente de Chile en su Mensaje al Congreso, i si el objeto del Gobierno de V. S. no hubiera sido otro que impedir el alimento de nuestras fuerzas navales, miéntras se negociaba; aquel objeto se habría logrado con el convenio preliminar que se firmó en la fragata Talbot, i que pudo aprobarse, cualquiera que fuese su carácter o denominacion. No se contentó el Gobierno de V. S. con desecharlo, sino que, en vez de proceder a entablar negociaciones con el Ministro que por nuestra parte se nombró i que llegó a Valparaiso el 1.º de Setiembre próximo pasado, en vez de mandar un Ministro Plenipotenciario, sin que le acompañase aparato alguno hostil i amenazador, quiso mas bien enviarlo juntamente con una Escuadra, sin hacerse cargo que, despues del hecho a que he aludido arriba i de la autorizacion dada por el Congreso al Gobierno de Chile para declararnos la guerra, no podía ménos de mirarse con suma i justa desconfianza la venida de una fuerza naval de aquel Estado a situarse en la bahía del Callao; i sin atender a las observaciones que sobre el particular hizo amistosamente el Encargado de Negocios de Bolivia, encaminadas a manifestar que ni era decoroso a este Gobierno, ni propio, ni conducente a la buena intelijencia el envío de la tal Escuadra.


En tanto que el Gobierno de V. S. se conducía de esta manera, el mio observaba escrupulosamente el convenio preliminar i guardaba que la razon prevaleciese en los consejos del Gabinete de Chile, hasta el punto de que se enviase en la forma usitada al Ministro encargado de restablecer la armonía, rota por el hecho del Aquíles. Nuestra esperanza a este respecto ha sido vana, como lo es el cargo que nos hace V. S. de haber aumentado en el intervalo nuestra fuerza naval. Nosotros hemos observado con relijiosidad las estipulaciones del convenio sobre la materia, hasta que, instruidos de que había sido desaprobada por el Gobierno de Chile, de que se había irrogado una grave ofensa a la Nacion, presentando nuestros buques tomados por el Aquíles en actitud ignominiosa en Valparaiso; de que venía una Escuadra a nuestras costas, i de que el Gobierno de V. S. había solicitado, i el Congreso le había concedido especial autorizacion para declararnos la guerra, creimos de nuestro deber mejorar i aumentar nuestros medios de defensa, para el caso desgraciado de un rompimiento, que por todos los antecedentes debíamos recelar.


El envío de las fuerzas navales de Chile i sus pretensiones, atendidas las circunstancias precedentes, han sido la causa de que a esta hora no esté entablada una negociacion que mi Gobierno desea sincera i ardientemente, para dar al de V. S. las mas francas esplicaciones sobre el caso en cuestion, i sobre cualquier otro en que tenga a bien demandarlas, i para acreditar a la faz de todas las naciones, que está tan dispuesto a prestarse a todo lo que sea justo, racional i decoroso exijir de él, como a rechazar con noble altivez todo lo que se pretenda de infundado, indebido i humillante. El Gobierno se lisonjeó, al recibir la nota de V. S. de 3 del corriente mes, de que aquel obstáculo estaba removido, pero se disipó su ilusion al ver, por el oficio del 5, que aunque V. S. podía asegurar que estaba persuadido firmemente que la Escuadra chilena no cometería ninguna especie de acto hostil, respecto de nosotros, miéntras estuviese pendiente la negociacion, con todo no podía otorgar una garantía llana i sin condiciones sobre este punto, sin especial órden o instruccion de su Gobierno.


Verdad es que, en el oficio de V. S. de ayer, a que tengo la honra de contestar, se sirve V. S. prestar esa misma garantía llana i sin condiciones, en su respuesta a la segunda pregunta de mi nota anterior, i tambien lo es, que dice V. S. "que habiendo procurado desde un principio satisfacer los deseos de este Gobierno i habiéndose retirado la Escuadra," se cree V. S. con suficiente derecho para preguntarme si puede desembarcar. Pero, como, por otra parte, afirma V. S. nuevamente, que aquella Escuadra impedirá o procurará impedir la reunion i el aumento de nuestras fuerzas navales, recelo que su retirada haya sido con este objeto, i es necesario entendernos esplícita i categóricamente sobre el particular, porque no pudiendo mi Gobierno reconocer semejante derecho en ninguna potencia ni en caso alguno, aquel acto debe ser mirado por él como uno de positiva i abierta hostilidad, i resistido como tal, por todos los medios que estén a nuestro alcance.


Es evidente que el Gobierno de estos Estados ha sido pasivo en todos los actos que han interrumpido la armonía i la buena intelijencia que guardaba i que desea guardar con el de Chile, a costa de cualquier sacrificio, excepto el del honor. El no ha perpetrado un hecho como el del bergantin Aquíles, no ha enviado a las costas de Chile una fuerza amenazadora; no ha pretendido en manera alguna humillarle; no ha procurado impedir el aumento i la reunion de sus buques; no ha hecho uso hasta ahora sino de un