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SESION DE 9 DE SETIEMBRE DE 1836

raleza, i es de sentir que el Senado acceda a su solicitud. —Santiago, Setiembre 8 de 1836. José M. de Rozas. —José Ignacio de Eyzaguirre.


Núm. 230

El Gobierno Supremo remite para la resolucion del Congreso el espediente que ha formado el intendente del Maule, para que se erija en departamento de aquella provincia el gobierno del puerto de Constitucion i se fijen los límites que deben comprenderse bajo su jurisdiccion. La Comision se persuade que no hai un obstáculo que se oponga a la gracia que pide el espresado intendente i que, por lo mismo, debe accederse a ella en los mismos términos que espresa S.E. el señor Presidente de la República, en su Mensaje que va a considerarse. —Santiago, Agosto 19 de 1836. José Ignacio de Eyzaguirre. —J.M. de Rozas.


Núm. 231

José Gombao, natural de España, ha acreditado ante el Senado tener las calidades que se requieren para ser declarado chileno; i en su consecuencia, esta Cámara ha acordado se ponga en conocimiento de V.E. a fin de que se le espida la correspondiente carta de naturaleza.

Dios guarde a V.E. —Setiembre 13 de 1836. —Al Presidente de la República.