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CÁMARA DE DIPUTADOS

todo pleito civil cuya cuantía exceda de 150 pesos, podíamos estar seguros de haber dado un paso importante en la mejora de la administracion de justicia. Compárense las dilaciones inherentes a los trámites judiciales, los muchos recursos que en ellos encuentra la mala fe, el tiempo precioso que un juez pierde en instruirse de escritos insustanciales i pruebas inconducentes, los grandes sacrificios que la secuela de un pleito impone, con las sumas insignificantes que frecuentemente se disputan i que muchas veces son inferiores al costo del juicio, i se verá que es por demas encarecer la conveniencia de derogar la disposicion que tales resultados produce, introducir un modo de proceder mas espedito en la sustanciacion de las causas que versen sobre una suma algo mayor que 150 pesos. La manifiesta conveniencia de esta medida i la facilidad de realizarla exijen desde luego su adopcion, sin esperar un arreglo jeneral en nuestro sistema de procedimientos. Establecer que sólo se siga por escrito el juicio en que la suma disputada exceda de 600 o 1,000 pesos, i que los de ménos valor se resuelvan verbalmente en virtud de los comparendos i en vista de las actas en que se hubiese estendido lo alegado por las partes i la esposicion de los testigos presentados, seria una providencia que fuera de la economía i celeridad tendria la ventaja de ir introduciendo en los juicios las tramitaciones verbales i la prueba pública; término a que debemos dirijir nuestros conatos. Requiérese, sin embargo, mayor estabilidad en los jueces a quienes se ha de atribuir el conocimiento de dichas causas, i cierto grado de instruccion práctica sobre el modo de proceder en ellas, a fin de evitar que una disposicion en sí útil, se convierta en perjuicio público por falta de habilidad en los encargados de aplicarla.

La refaccion del edificio destinado a los tribunales está mui avanzada. Para concluirla i poder reunir con notables ventajas del servicio público las Cortes superiores i los juzgados civiles de Santiago en un local decente i cómodo, que contribuya a dar realce a las funciones de la majistratura, son necesarios los fondos pedidos últimamente al Congreso. Mui pronto se instalará en el mismo edificio la biblioteca de los tribunales, en la cual se lisonjea el Gobierno de haber reunido las obras mas selectas de jurisprudencia para ofrecerlas a la dedicacion de los jueces i abogados que aspiren a ensanchar la esfera de sus conocimientos.

Se ha dado principio a la Casa Penitenciaría, cuya construccion acordó el Congreso en el año anterior. A su terminacion están ligadas mejoras de primer órden i de gran trascendencia, como la abolicion del presidio ambulante i la reforma del Código Penal; miéntras tanto, no nos será posible adoptar un sistema de penas que, sin perjuicio de la vindicta pública i de la ejemplaridad, ahorre al delincuente inútiles sufrimientos i lo prepare para la enmienda. Con el objeto de acelerar la obra, como lo exije su conveniencia, se ha presupuestado la suma de $40,000, superior a la que se decretó para el presente año.

El presidio jeneral, ha recibido mejoras notables en la seguridad, comodidad i asistencia de los reos. Poquísimas fugas han acaecido en el curso del año. Un sacerdote de celo i caridad evanjélica está encargado de dar a los reos la instruccion relijiosa; i del poder que las verdades de la relijion tienen sobre el corazon humano, debe esperarse la reforma moral, al ménos de aquellos en quienes el hábito del crímen no haya estinguido los sentimientos mas naturales. Un número tan crecido de reos, como no ha habido nunca, existe actualmente en el presidio; lo cual ha emanado en gran parte de la mayor vijilancia que ha hecho tan raras las fugas. El aumento de presidarios i la mejor asistencia que se les ha prestado, ha incrementado los gastos, i para ocurrir a todos los que han de hacerse en el presente año, es insuficiente la suma señalada en el presupuesto.

No creo necesario pedir autorizacion para invertir mayor cantidad, porque hecha la asignacion en virtud de cálculos probables, no puede mirarse como fija. Este estado satisfactorio se debe principalmente al celo del Intendente de Santiago.

Se han llevado a efecto muchas de las mejoras relativas a la Casa de Correccion anunciadas en mi anterior Memoria. Una nueva administracion la rije; mas órden, mas seguridad, mas aseo reinan en ella. Ocupaciones acomodadas al sexo, que aseguren para lo sucesivo medios de ganar la vida sin ocurrir nuevamente al crímen, se han proporcionado a las reos. La contraccion esmerada con que un ciudadano, anheloso por el bien público, inspecciona este establecimiento, ha contribuido poderosomente a colocarlo en el pié de arreglo en que hoi se encuentra. El Gobierno ha suministrado algunos fondos para los objetos referidos.

Las cárceles i presidios del resto de la República continúan mas o ménos en el mismo estado que ántes se ha hecho presente al Congreso. Sólo en uno que otro pueblo se ha avanzado algo en este ramo, tales como la Serena i Cauquénes, puntos en que, a mas de haberse dado mayor estension i comodidad a las cárceles, se ha establecido Casa de Correccion o Cárcel separada de mujeres. La falta de fondos no permite en muchos pueblos, no digo construir cárceles, ni aun hacer lijeras reparaciones en las que existen. Sin que del tesoro público se dé alguna suma con este objeto, me parece poco ménos que imposible emprender siquiera esas reparaciones urjentes que reclaman la seguridad i, mas que todo, la salud de los reos, frecuentemente comprometida en calabozos estrechos i malsanos. A las Municipalidades corresponde, sin duda, subvenir a estos gastos; pero miéntras se hallen en la absoluta imposibilidad de hacerlos, el Es