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SESION EN 19 DE OCTUBRE DE 1842

le como escluido de sus derechos neutrales, ni de haber obrado en contrariedad a los derechos belijerantes del Gobierno de Chile. Los derechos de belijerantes de Chile, pueden apénas ser supuesto estenderse a un territorio enteramente poseido i ocupado por el Gobierno del Perú, i si el capitan Smith hubiese sido temeroso de haber encontrado algunas fuerzas de Chile en su camino, es insignificante i ridículo suponer que él hubiese alquilado dos soldados solamente para protejerle contra tales fuerzas. No se proyectó ninguna resistencia porque ella hubiese sido enteramente ineficaz. La Suprema Corte de los Estados Unidos en el caso de la Nereida (núm. 9 relaciones de pleitos de Branch, páj. 388) a la demanda de Manuel Pinto hijo de Buenos Aires, le devolvieron su propiedad aunque apresada a bordo de un buque armado del enemigo el que fué privilejiado por él, estando él a bordo i aunque dicho buque hizo resistencia con todo, él no la hizo personalmente al tiempo de la captura. Los Memorialistas están satisfechos que no existe fundamento alguno en cuanto a la sujestion de que esta propiedad pertenecía a la Compañía de Filipinas. Por la contrata de venta hecha entre el capitan Smith i los ajentes de dicha compañía para evitar el riesgo de contrabando de la parte del capitan Smith, el pago deberia haber sido hechc por dichos ajentes a bordo del Macedoniano. Con todo como el capitan Smith, despues del bloqueo, no quiso recibir parte de esta plata a bordo de su buque sino que la recibió en tierra como se ha dicho ántes, i el dia 18 de Marzo de 1819 ajustó su cuenta final con los ajentes de dicha Compañía, i recibió de ellos el balance que le debian. No puede haber ninguna duda que la compañía de Filipinas de este modo queda libre de su deuda por dicha entrega i pago i que la pérdida de esta propiedad, miéntras estaba en posesion i al cuidado del capitan Smith o de su ájente, es una pérdida que debe recaer sobre el capitan Smith o sobre los Memorialistas.

Los Memorialistas no conocen ningun principio de justicia ni de lei que pueda autorizarles a ocurrir otra vez por el pago de dicha cantidad a la Compañía de Filipinas.

Que tal debe haber sido la mira de Lord Cohrane, el mismo sobre este asunto, es visible del hecho que a dicho Cochrane parecia necesario obtener del capitan Smith por los medios los mas ilejítimos un tal certificado; designando que hasta que esta plata estuviese a bordo del Macedoniano, siempre estaría al riesgo de la Compañía de Filipinas, porque es apénas creible que un oficial de alto rango ocurriese a un semejante modo de obtener tal evidencia, sí él se hubiese creido poseido de papeles que probasen suficientemente que esta plata pertenecia a aquella Compañía. Lord Cochrane representa que este certificado fué dado por el capitan Smith, como en acto voluntario suyo. "Despues de una madura reflexion hallando todas sus súplicas i esfuerzos inútiles, "Despues de esta confesion (dice Lord Cochrane) Mr. Smith quedó satisfecho i aquel mismo dia fué a bordo de su propio buque". De esta relacion pareceria que el capitan Smith, despues de quejarse vivamente en contra de su captura i su propiedad i despues de haber hecho todos sus esfuerzos para libertarla, se determinase despues de una madura reflexion a firmar un certificado en contradiccion a todas las anteriores representaciones, i de este modo asegurar su condenacion de la propiedad; i habiendo hecho esto que él quedase satisfecho i que volviese así a su propio bordo. Esta es una representacion de conducta tan extraordinaria i contradictoria que no puede ser fácilmente creida.

Al oir al capitan Smith en su propia vindicacion, se ve que hallando todas sus súplicas i esfuerzos de ningun valor para obtener su libertad, fué él obligado a firmar el certificado para que le pudiese ser permitido ir a bordo de su propio buque, i salvar de destruccion el resto de la propiedad confiada a su cuidado. Los Memorialistas dejarán a su gobierno determinar porqué derecho i bajo qué color de autoridad el Almirante de Chile puso preso de este modo a un ciudadano de los Estados Unidos i amenazó de separarle durante un largo tiempo del buque de su mando. A su Gobierno tambien dejarán la pregunta hasta qué grado la propiedad de sus ciudadanos debe ser puesta en peligro por evidencia de semejante modo obtenida. Segun este Código de leyes de presas, habría poca dificultad para declarar todas las propiedades neutrales buenas presas. La misma fuerza que hace la captura, puede procurar la evidencia, i el neutral injuriado, insultado i saqueado quedaría con el buque vacío para volver a su pais como pueda, i buscar allí alivio a sus agravios por la mediacion del Gobierno de su pais. Los hechos declarados por Lord Cochrane para demostrar que el capitan Smith era un ájente activo sirviendo al Virrei del Perú son: "que él se fué secretamente de Valparaiso i fué empleado en llevar al jeneral Osorio a Panamá una correspondencia de grande importancia, i que sus servicios son reconocidos i recomendados por el Virrei, en los papeles a que se hace referencia."

Es una falsedad que el capitan Smith llevó al jeneral Osorio ninguna correspondencia a Panamá. La razon porque él salió de Valparaiso ha sido ya demostrada, fué para evitar un embargo i porque no pudo allí vender su cargamento. El salió de Valparaiso en Setiembre i llegó al Callao en Octubre, i quedó allí hasta Diciembre.El Macedoniano entónces hizo velas oara Panamá llevando a su bordo al jeneral Osorio, a su mujer i a tres hijos del Virrei como pasajeros. Estos servicios fueron reconocidos probablemente por el Virrei, i por tales recomendaciones el capitan Smith procuraba un flete para el Mace