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CÁMARA DE DIPUTADOS

de la lei de 22 de Diciembre de 1828 se internan por la Tesoreria Jeneral a la Caja del Crédito Público, de ellos 36,000 pesos son para pago de intereses al 6 por ciento sobre los 600,000 pesos emitidos en 1.° de Abril de 1829 i los 6,000 pesos restantes para la amortizacion de la centésima parte del capital $  42,000
Por 918 pesos que por acuerdo del Congreso de Plenipotenciarios de 1.° de Julio de 1830 se suplen por la Tesorería Jeneral a la misma Caja del Crédito Público para pago del interes anual de 6 por ciento sobre los 15,300 que defraudó el oficial primero don Juan Anderson Maclean en el trimestre de Junio de 1830 918
Por 10,760 pesos que debe pasar la Tesorería Jeneral a la propia caja del Crédito Público, de los que 760 son destinados para el pago de intereses al 4 por ciento sobre los 19,000 que sólo deben quedar en circulación en fin de Diciembre de 1845, de los 105,000 pesos que se colectaron en el empréstito levantado por el Supremo Gobierno en 1.° de Setiembre de 1836 i los 10,000 pesos restantes para la amortizacion 10,760
Por cincuenta i dos mil trescientos sesenta i seis pesos seis reales que asimismo debe pasar la Tesorería a la Caja del Crédito Público, para pago de intereses del 3 por ciento según decreto Supremo de 23 de Febrero de 1837, sobre el capital de un millón setecientos cuarenta i cinco mil novecientos veinticinco pesos que se han consolidado hasta fin de Marzo de 1845 52,366 .6
Por ocho mil setecientos veinte i nueve pesos cinco reales, que debe entregar la Tesorería Jeneral para la amortización de la deuda consolidada a razón de por ciento 8,729 .5
$ 120,585 .3
Intereses de otros capitales reconocidos en las Arcas Nacionales:
Por el 5 por ciento sobre el capital de un mil pesos, que se reconocen a favor del Hospicio, los que se tiene como consolidados por don Manuel Salas, desde el 13 de Setiembre de 1832, como valor de una factura de libros que se le compró para la Biblioteca Nacional 50
Por el 4 por ciento sobre el capital de 125,423 pesos ½ real que reconocen las Arcas Nacionales i resultan de la consolidación de capitales enterados en el tiempo del antiguo Gobierno, hasta el año de 1810 inclusive 5,016 .7¼
Por el 4 por ciento sobre el capital de 2,000 pesos que pertenecen a la capellanía que mandó fundar don Bernardo Amaza i fueron entregados por don Joaquin Rodríguez Zorrilla a nombre de su hermano el Ilustrisimo señor don José Santiago que los tenia a interes por reduccion que de ellos hizo don Miguel Daroch 80
Por el 4 por ciento sobre el capital de 1,500 pesos que cargan en las casas que compró el Gobierno para aumentar el cuartel de San Diego 60
Por el 4 por ciento sobre el capital de 2,235 pesos que pertenecen a las capellanías que goza el Convento de Santo Domingo en la ciudad de Chillan, los que tomó el jeneral del ejército español don Juan Francisco Sánchez 89 .3¼
Por el 4 por ciento sobre el capital de 1,005 pesos que pertenecen al Convento de la Merced, en la ciudad de Chillan, los que tomó el mismo jeneral Sánchez 40 .1½
Por el 4 por ciento sobre el capi tal de 6,000 pesos que se reconocen a favor de la Casa de Huérfanos, cuyo capital fué entregado por don Pedro Palazuelos en el año de 1824, a cuenta de 20,000 pesos que cargan en las haciendas del Marco i Coelemu, a favor de aquel establecimiento 240
Por el 4 por ciento sobre el capital de 800 pesos que pertenecen a la obra pia que mandó fundar don Bernardo Alvarez a favor de la festividad de Nuestra Señora de los Dolores que se celebra en la iglesia Metropolitana 32