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CÁMARA DE DIPUTADOS

que hoi son necesarios. Ya ántes, en Octubre de 1842, se le habia tambien autorizado para que empleara hasta la cantidad de treinta i cinco mil pesos en la compra de los sitios que median entre el Arsenal i el castillo de San Antonio.

Como estos últimos, a juicio de los intelijentes, ofrecen todo el espacio que se necesita para la construccion de un grupo de almacenes que corresponda al tráfico de aquel puerto, el Gobierno procuró allanar las dificultades que de entónces acá se habian opuesto a que se hiciera uso de esta autorizacion, i decretó por último, que se procediera inmediatamente a la compra de los espresados terrenos.

Cuando se haya del todo terminado este negocio, i sea ya el Estado dueño de estos sitios, pedirá al Congreso el dinero suficiente para realizar la obra. Espero que no vacilará en concederlo atendiendo a las razones de conveniencia que favorecen el proyecto. Las dificultades que ha presentado la persona con quien se celebró la contrata para la construccion de la Aduana i otros edificios fiscales en la ciudad i puerto de Valdivia, han sido causa de que hasta ahora no se haya puesto mano a la obra; pero se han tomado las disposiciones que se han juzgado mas oportunas para que cese este inconveniente.

Los edificios de igual clase que se han empezado a construir en Ancud estarán concluidos dentro de poco. A consecuencia de los informes que sobre el particular comunicó el Intendente de Chiloé, se decretaron algunas variaciones en la obra. Se tuvo para ello presente que adoptándolas, sin ser mucho mayor el costo, se conseguiria por este medio reunir las oficinas fiscales.

Con el fin de facilitar los trabajos de la Casa de Moneda, se ordenó al Encargado de Negocios en Francia, remitiera modelos de las máquinas que actualmente se usan en las principales ciudades de Europa.

Se han recibido estos modelos; pero las máquinas a que se refieren, sobre ser demasiado complicadas i costosas, todavía no hai seguridad de que en Chile sean favorables sus resultados.

Estas consideraciones determinaron al Gobierno a suspender, por ahora, la resolucion de este negocio, i ordenó que las máquinas que habia en La Serena deteriorándose i causando gastos inútiles, se remitiesen a la Casa de Moneda de esta capital.

Por el reconocimiento que de ellas se ha hecho se debe esperar que con este ausilio podrá la casa dar mas movimiento a sus operaciones, i proveer suficientemente nuestros mercados de moneda sencilla, cuya falta orijina embarazos perjudiciales en el tráfico interior.

Los treinta mil pesos en cobre, sellados en Inglaterra, que hace pocos años se echaron a la circulacion, han desaparecido casi enteramente. Sin duda es necesario reponer esta falta i aun aumentar aquella cantidad; mas el Gobierno, para pasar al Congreso el competente mensaje, ha juzgado indispensable adquirir ciertos datos, que aun no se han obtenido, i sin los cuales no fuera fácil proceder con acierto en este particular.

Con el loable objeto de protejer nuestra marina mercante, i en virtud de la lei de 31 de Octubre de 1842, dispuso el Presidente en 29 de Setiembre del 43, que la estraccion del guano que se encontrase en el territorio de la República sólo podria hacerse en buques nacionales. Mas la esperiencia ha hecho ver que las personas a quienes se concedia esta franquicia, se han manifestado casi indiferentes a ella, porque los buques chilenos encontraban empleos mas lucrativos. Ademas, no estando preparados para largas i peligrosas navegaciones, el especulador que estraia un cargamento de guano en buque nacional, tenia que trasbordarlo en algun puerto de la República al buque estranjero que debia llevarlo a los mercados de Europa.

Esta molesta i costosa operacion era causa de que no pudiera competir con el que se llevaba de otros parajes exento de este costo.

Cerradas por otra parte las puertas a los buques estranjeros que buscan ansiosamente artículos de retorno, i que son por lo mismo los mas aparentes para entrar en esta especie de especulaciones, no habia seguridad de que no fueran a sacarlo clandestinamente. Estas consideraciones movieron al fin al Presidente a dictar el decreto de 17 de Diciembre de 1844 en que hace estensiva a los buques estranjeros la franquicia que con el fin indicado se habia concedido sólo a los nacionales. Este decreto ha producido los resultados que de él se esperaban. Se ha esportado ya algunos cargamentos de guano que han dado algun provecho fiscal, i actualmente hai en aquellos lugares un número considerable de trabajadores que se emplean en preparar otros para cuando lleguen ahí los buques en que deben esportarse. Mas tarde será quizá conveniente tomar algunas providencias para poner mas a cubierto los intereses fiscales, i evitar en lo posible los desórdenes que pudieran sobrevenir i causar perjuicios de consideracion a los especuladores.

No se espera, por cierto, que en esta memoria se dé una noticia estensa i luminosa sobre todos los ramos que conciernen a este departamento. Semejante obra pide una pericia mui consumada, i un estudio mas serio i mas profundo que el que puede hacerse en pocos meses. Sin embargo esta breve esposicion aunque defectuosa, podrá quizá ser suficiente para dar al Congreso una débil luz sobre el punto mas prominente.

El estado de la hacienda pública es sin duda satisfactorio, en cuanto al producto de las contribuciones existentes alcanza para cubrir los gastos necesarios al sostenimiento del Estado;, pero es escaso si se atiende a lo que imperiosa i