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SESION EN 10 DE SETIEMBRE DE 1845

ser considerado como ciudadano activo con derecho de sufrajio, ha sido aprobado por esta Cámara en los mismos términos que aparece en el orijinal que acompaño, en sesion del 3 del actual.

Dios guarde a V. E. — Santiago, Setiembre 5 de 1843. D. J. Benavente. — Ventura Blanco Encalada. — A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 136

Tengo el honor de comunicar a V. E que esta Cámara en sesion del 3 del actual ha reelejido para Presidente al que suscribe i al a Vice-Presidente al señor don José Miguel Solar.

Dios guarde a V. E. — Santiago, Setiembre 4 de 1845. — Diego José Benavente. — Ventura Blanco Encalada, Secretario. — A S. E. el Presidente de la Cámara de Diputados.


Núm. 137

Representándose en el adjunto Mensaje que la suma presupuestada para gastos estraordirarios, ya está invertida casi en su totalidad, le parece a la Comision que es indispensable aprobar el proyecto de lei en los mismos términos en que está concebido, para ocurrir a exijencias precisas de la administracion pública.

Santiago, Setiembre 5 de 1845. — José Agustin SecoJosé N. Sánchez. — Pedro Palazuelos. — Fernando Lazcano.


Núm. 138

La Comision Militar ha examinado detenidamente las solicitudes de don Francisco de Paula Marambio i don Bartolomé Gómez, i es de dictámen que si la Sala lo tiene a bien apruebe el artículo único de gracia sancionado en su favor por la Cámara de Senadores.

Sala de la Comision, Setiembre 5 de 1845. — Francisco de la Lastra. — Eujenio Necochea. — Pedro Nolasco Vidal. — Cipriano Palma.


Núm. 139

La Comision de Hacienda, considerando las penosas circunstancias de la viuda del señor don Francisco Javier Errázuriz, antiguo servidor público, lleno de merecimientos para con el pais i muerto en la miseria dejando doce hijas desnudas de toda proteccion, opina hallarse la peticion que dirije a V. E. la espresada viuda de este ciudadano, en el corto número de los casos a que debe la nacion atender con un ausilio al ménos equivalente a los que frecuentemente se están dispensando a muchos otros servidores públicos.

Avaluar debidamente lo que la equidad permite hacer en el presente caso es imposible si no se considera el fin único de estas concesiones que es aliviar la situacion del que sufre. Así que la Comision no pudiendo estimar en ménos que la mensualidad de veinte pesos mensuales, la necesaria para proporcionar a la señora ocurrente una parte siquiera del alimento de su persona i familia, propone a V. E. el siguiente

PROYECTO DE LEI:

"Artículo único. Se concede a doña Rosario Jerónima Valdivieso la cantidad de veinte pesos mensuales para sí i sus hijas mujeres ínterin no tomen estado."

Sala de la Comision. — Santiago, Setiembre 1.° de 1845. — Pedro García de la Huerta. — José Agustin Seco. — José P. Sánchez. — P. Palazuelos.


Núm. 140

En sesion de 5 del corriente, esta Cámara ha elejido para Presidente al que suscribe i para Vice al señor don Francisco de la Lastra.

Dios guarde a V. E. —Ramon Luis IrarrázavalRamon Renjifo.