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CÁMARA DE DIPUTADOS

Se puso en discusion la modificacion hecha por el Senado a la partida veinticuatro en que se asignan dieciseis mil pesos para la educacion en todas las provincias, de cuya modificacion consiste en que esta distribucion se haga con igualdad.

El señor Montt. — La agregacion hecha por la Cámara de Senadores en esta partida del presupuesto por la cual se dice que se distribuya con igualdad la educacion primaria en toda la República, parece que ha sido sujerida por la inspeccion que se ha hecho de las escuelas que existen actualmente i esa inspeccion le habrá suministrado la idea de que no existe tal igualdad.

Como he tenido alguna parte en este asunto, me veo en la necesidad de dar una esplicacion acerca de él a la Cámara, juzgando numéricamente; es decir, contando el número de escuelas quizás que se encuentran en las provincias, sea mayor en unas que en otras.

Hai provincias mas necesitadas, provincias que carecen de recursos mas que otras, i a esas era justo recurrir con mayor ausilio, para que hubiese esa igualdad que la Cámara de Senadores quiere que se establezca.

Chiloé, por ejemplo, cuya Municipalidad no tiene un centavo de renta, donde sus habitantes son pobres, en donde, a pesar de sus esfuerzos, no podrian sostener escuelas, ¿por qué no habia de recibir un ausilio mas amplio, mas poderoso del Gobierno, que otras provincias en que los vecinos pagan tambien a sus espensas las escuelas primarias?

El Gobierno ha consultado en la creacion de las escuelas las necesidades de los departamentos, las urjencias de cada uno i ha creido que atendiendo a los departamentos con mayor o menor número de escuelas segun fuesen sus necesidades, se establecia la verdadera igualdad. Si en Santiago, por ejemplo, se hubieran mandado establecer diez escuelas, porque tal número se habia mandado establecer en Chiloé, no se habria procedido con igualdad. Yo no me opongo por esto a las palabras con que está redactada la partida, quiero solamente rectificar el equívoco de donde quizá ha partido la opinion del Senado i esponer a la Cámara los verdaderos principios que han guiado al Gobierno en la formacion de las escuelas. He dicho.

Se preguntó a la Sala si se aprobaba o nó esta modificacion, i resultó desechada por diecisiete votos contra doce.

Concluido esto, el señor Ministro de Justicia hizo presente que por efecto de un olvido se habia omitido en la partida sétima del presupuesto que se acaba de discutir, la pension legal asignada a doña Cármen Guzman, madre del finado Ministro de la Corte Suprema don Manuel José Gandarillas, i la Cámara acordó que se incuyese el ítem omitido; en seguida el señor Ministro de Relaciones Esteriores presentó la Memoria en que da cuenta del estado de los negocios del indicado departamento.

Despues se puso en discusion el proyecto en que se declara puerto mayor el menor de Copiapó i fué aprobado en jeneral por unanimidad.

Tratóse despues de la modificacion hecha por el Senado al artículo tercero del proyecto de recompensa a la familia del finado Ministro de Hacienda don Manuel Renjifo, i conformándose la Cámara con dicha modificacion, quedó aprobado el artículo en la forma que a continuacion se copia:

"Art. 3.º Se entregará a la señora viuda por la Tesorería Jeneral la cantidad de $ 24,000 para su subsistencia i la de todos los hijos del finado Ministro, dividiéndose entre los partícipes en esta forma: $ 5,000 para la misma señora, $ 4,000 para la hija i $ 3,000 para cada uno de los hijos varones; i la entrega se hará en dos mitades: la primera inmediatamente i la segunda a la espiracion de un año contado desde la fecha de la presente lei."

Se tomó despues en consideracion el voto particular de dos miembros de la Comision Militar en la solicitud de doña Rafaela Barba, que ántes habia sido aprobada en jeneral, i puesto en votacion el proyecto de artículo que contiene, se aprobó sin alteracion en particular, del modo siguiente.

"Artículo único. Se concede por gracia a la viuda del capitan graduado de Sarjento Mayor den Pedro López, la pension que anteriormente disfrutaba en el montepío militar; i se declara que las viudas cuyos hijos hubieron perdido el derecho al beneficio de la pension del monte deberán ser consideradas en su segunda viudez en el mismo caso que las viudas sin hijos."

Finalmente se puso en discusion la solicitud de don José Jiménez de Guzman i se aprobó en jeneral el proyecto contenido en el informe de la Comision Militar que propone se le conceda una pension de quince pesos mensuales.

En este estado se levantó la sesion, quedando en tabla para la siguiente el exámen de los presupuestos, el proyecto relativo al puerto de Copiapó, el de Cortes de Apelaciones, el de sueldos militares i las solicitudes particulares de don Juan Francisco Mur, de don José Jiménez i de doña Micaela Verdugo.


ANEXOS

Núm. 155

Señores:

El primer asunto de que debo dar cuenta en la Memoria anual que, como Ministro de Relaciones Esteriores, me incumbe presentar al Congreso, es el segundo reclamo del Macedonio,