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CÁMARA DE DIPUTADOS
  1. Desechar la indicacion al artículo 19 del proyecto de prelacion de créditos, propuesta por el señor Gandarillas, pedir informe sobre la propuesta por el señor Cifuentes, i aprobar el inciso 7.º artículo 7.º propuesto por el señor Palma. (V. sesiones del 20 i el 29).
  2. Dejar para segunda discusion los artículos 1.º, 2.º, 4.º i 6.º del proyecto de lei que declara pertenecer a los propietarios riberanos los terrenos abandonados por el mar, i aprobar los artículos 3.º i 5.º. (V. sesiones del 20 i el 29).
  3. Aprobar el artículo 1.º del proyecto de lei que manda tributar honores a la memoria de don José Miguel Infante, i dejar el 2.º para segunda discusion (V. sesiones del 20 i el 29).
  4. Aprobar el artículo 6.º i el inciso 8.º artículo 2.º del proyecto de lei que instituye una Oficina de Estadística i un Archivo Jeneral, i dejar para segunda discusion los siguientes incisos del artículo 2.º i los artículos 3.º, 4.º, 5.º i 7.º (V. sesiones del 20 i el 29).

ACTA

SESION EN 25 DE JUNIO DE 1845

Se abrió a las siete de la noche con asistencia de los señores Arteaga, Barra, Cifuentes, Correa don Luis, Covarrúbias, Donoso, Eguigúren, Errázuriz don Javier, Errázuriz don Ramon, Gallo, Gandarillas, García de la Huerta, García Reyes, Iñiguez, Irarrázaval, Larrain, Lazcano, Lastarria, Lastra, Leon, Lira, López, Montt, Necochea, Palacios, Palazuelos, Palma don Cipriano, Pérez, Pinto, Riesco, Sánchez, Seco, Sol, Tagle don José Agustin, Tagle den Ramon, Toro don Antonio, Varas, Vial i Renjifo.

Aprobada el acta de la anterior, se leyeron dos comunicaciones del Presidente de la República: la primera que contiene un proyecto de autorizacion para la venta de las piezas de artilleria de bronce que existen actualmente, pata comprar con su producto las piezas de fierro que parezcan mas adaptables a la defensa de los puertos i fronteras de la República, cuyo proyecto se mandó pasar a la Comision Militar; i el segundo anunciando haberse dado la órden para que se entreguen por tesorería jeneral al oficial mayor don Vicente Arlegui, los doscientos pesos pedidos para gastos de Secretaría de esta Cámara i se mandó archivar.

Se leyeron despues tres informes de la Comision de Lejislacion: el primero sobre la adicion a la parte 7.a del artículo 7.º del proyecto de prelacion de créditos presentada por el señor Palma; el segundo a consecuencia del proyecto aprobado por el Senado para la reunion de la Comision de Lejislacion i la junta revisora encargada de la redaccion del Código Civil; i el tercero relativo a la mocion del señor Diputado Lazcano, cuyos tres asuntos quedaron en tabla para su discusion.

Despues de esto se consideró i aprobó en jeneral el proyecto del Senado, por el cual se permite que residan cuerpos del ejército permanente en el lugar de las sesiones del Congreso.

En seguida, despues de haberse leido la indicacion que hizo el señor Cifuentes para que se sostituyese a la propuesta por el señor Gandarillas para adicionar el artículo 19 del proyecto de prelacion de créditos, se discutió i puso en votacion la adicion redactada por el señor Gandarillas i fué desechada por treinta i cinco votos contra tres.

En esta virtud, se pasó a considerar la proposicion del señor Cifuentes i por indicacion de señor Lastarria se pasó a la Comision de Lejislalcion.

Inmediatamente despues se pasó a considerar la adicion propuesta por el señor Palma para la parte 7.a del artículo 7.º del mismo proyecto i se aprobó en jeneral por mayoría de treinta i cuatro votos contra cuatro. Despues de esto se puso en discusion particular el proyecto relativo a la propiedad de los terrenos abandonados por el mar, del cual quedaron para segunda discusion los artículos 1.º, 2.º, 4.º i 6.º, i quedaron aprobados el 3.º i el 5.º en la misma forma en que han sido sancionados por el Senado, cuyo testo es como sigue:

Art. 3.º Las riberas del mar son de uso público, entendiéndose por tales todo lo que bañan las olas del mar hasta donde llegan en la mas alta marea.

Art. 5.º Los pescadores podrán usar libremente de las riberas del mar que no estuvieren ocupadas. Podrán asimismo servirse para los menesteres de su peculiar irdustria de los terrenos contiguos al mar, aunque sean de propiedad particular, con tal que no estén actualmente habitados, cultivados o empleados en otro jénero de industria i sin que puedan internarse mas de veinte varas contadas desde la mas alta marea."

Pasóse despues a discutir en particular el proyecto de honores fúnebres del señor don José Miguel Infante, i puesto en votacion por escrutinio el artículo 1.º, resultó aprebado por mayoría de veintiséis votos contra doce en la forma siguiente: