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SESION EN 4 DE DICIEMBRE DE 1844

Los oficiales segundos, 700 pesos cada uno.

El primer archivero, 800 pesos.

El segundo archivero, 700 pesos.

El portero, 100 pesos."

Se puso en discusion el artículo 21 i los dos artículos transitorios con que termina dicho proyecto de lei i sin variacion alguna fueron aprobados por unanimidad en los términos siguientes:

"Art. 21. Se asigna doscientos pesos anuales para gastos de escritorio de la misma oficina, inclusos los de encuadernaciones.

ARTÍCULOS TRANSITORIOS
  1. El Presidente de la República determinará el dia en que ha de abrirse el archivo nacional, con arreglo al tiempo que se invierta en preparar el local en que ha de establecerse i los útiles necesarios.
  2. Los documentos que haya depositados en los archivos particulares, hasta que se haga la apertura del nacional, continuarán en ellos hasta que se arreglen en la forma conveniente para pasar a éste i lo determine el Presidente de la República."

Despues de haberse suspendido la sesion por algunos minutos, el señor Presidente espuso que siendo difícil la reunion del Senado por la enfermedad i ausencia de algunos de sus miembros, le parecía conveniente que la Sala elijiese entre los asuntos contenidos en la convocatoria a sesiones estraordinarias, aquellos que habiesen sido aprobados por la otra Cámara para despacharlos con la preferencia i prontitud que exije el bien público; i la Sala convino en que se prefirieran el tratado con la Gran Bretaña i los proyectos de lei sobre autorizacion al Ejecutivo para reformar las ordenanzas de correos, sobre autorizacion al mismo para ceder en propiedad los terrenos baldíos que se encuentran al sur de la República, sobre autorizacion al Supremo Gobierno para dar a interes los fondos públicos que hayan sobrado en el presente año i sobre autorizacion al mismo para invertir doscientos treinta mil pesos en la compra de un buque de vapor i dos bergantines de vela, acordando al mismo tiempo que quedaran en tabla para la sesion próxima los cuatro primeros asuntos antedichos.

En este estado se levantó la sesion. — Benavente.


ANEXOS

Núm. 242

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:

Siendo de urjente necesidad suministrar a la colonia del Estrecho de Magallánes los ausilios estraordinarios de víveres, ropas i demas artículos indispensables para su existencia, el Gobierno ha librado la suma de cuatro mil trescientos dos pesos cinco reales a que ascendió el importe de ello. Como en el presupuesto del Ministerio de Guerra i Marina correspondiente al presente año no se consideró cantidad alguna con este objeto, ni tampoco puede disponerse de la destinada para gastos imprevistos por estar ya agotada; el Gobierno se ha visto en la necesidad de librar la espresada suma bajo su propia responsabilidad i con la condicion de solicitar la aprobacion del Congreso Nacional, como lo hace por el presente mensaje.

Santiago, Noviembre 26 de 1844. — R. L. Irarrázaval. — J. S. Aldunate.


Núm. 243

Conciudadanos del Senado i de la Cámara de Diputados:

El período porque la lejislatura autorizó al Gobierno para que reformase las ordenanzas que actualmente rijen a la administracion de correos, terminó el 29 del mes próximo pasado sin que haya sido posible satisfacer esta grave necesidad. A pesar de haber dedicado a este trabajo la contraccion que requeria su importancia i urjencia, ha sido necesario reunir nuevos datos para completarlo i perfeccionarlo que obligan a hacer uso por un año mas de la espresada autorizacion. En este tiempo no sólo me propongo concluir dichas ordenanzas sino tambien ponerlas en ejecucion i reformar los defectos que se adviertan en la práctica. Con tales objetos someto a vuestra deliberacion, con acuerdo del Consejo de Estado el siguiente

PROYECTO DE LEI:

Si prorroga por un año la autorizacion que se concedió al Presidente de la República por la lei de 29 de Noviembre del año próximo pasado para reformar las ordenanzas de correos i para dictar todas las medidas que a su juicio sean necesarias para el mejor i mas propio arreglo de las oficinas de esta administracion.

Santiago, Diciembre 2 de 1844. — R. L. Irarrázaval . — Manuel Montt.


Núm. 244

El proyecto de lei iniciado por el Vice-Presidente de la República en el adjunto mensaje para dar en interes el sobrante de las rentas públicas del corriente año, ha sido aprobado por esta Cámara con las modificaciones que tengo el honor de trascribirlo.