Núm. 155
▼Conciudadanos del ▼Senado i de la ▼Cámara de Diputados:
El estado decadente de la salud del Capitan Jeneral don ▼Bernardo O'Hijigins le obligó a solicitar permiso del Gobierno por el término de un año para permanecer fuera del territorio de la República con el fin de restablecerla; mas no podiendo asegurarse de un modo preciso el tiempo en que podrá efectuar su regreso en vista de las prórrogas que posteriormente ha solicitado i se le han concedido con el mismo fin, puede asegurarse talvez con certidumbre que el mencionado Jeneral no llegará a gozar en el todo de la recompensa que acordásteis a sus importantes servicios prestados a la patria, si ha de carecer como hasta ahora aun del sueldo que como retirado pudiera corresponderle por hallarse prohibido su abono a los que residen fuera del territorio de la República. Cualquiera escepcion de esta regla que acordáseis en favor del Jeneral O'Higgins seria una muestra manifiesta de gratitud nacional a los que nos pusieron en el camino de obtener la paz, órden e instituciones de que hoi gozamos, i por lo mismo el Presidente de la República, de acuerdo con el Consejo de Estado, propone a vuestra aprobacion el siguiente
El Capitan Jeneral don Bernardo O'Higgins gozará del sueldo que por sus servicios le corresponda, aun cuando residiere fuera del territorio de la República.
Santiago, Setiembre 6 de 1842. —▼Manuel Búlnes. —J. Santiago Aldunate.
Núm. 156
▼La Comision de Justicia juzga que el ▼Congreso Nacional atendiendo a los m.jntos i servícios prestados por don Vicente Urbistondo, i a la miserable situacion a que en el dia se ve reducida su familia, debe conceder a su esposa doña Rosa González de Urbistondo dos años de espera para que pague la deuda fiscal de $ 4,130 a que es responsable su casa de la calle de la Catedral, sin que entre tanto pueda ser molestada con ejecucion ni procedimiento alguno judicial, i sin incurrir tampoco en los intereses penales sino despues de espirado el término de esta moratoria.
Sala de la Comision, Santiago, Setiembre 5 de 1842. —▼José Santiago Velásquez. —▼P. Palazuelos. —▼M. Santiago Concha.
Núm. 157
▼La Comision Militar ha examinado el anterior proyecto de lei que el Presidente de la República ha elevado a la Lejislatura, i es de sentir que la Cámara debe aprobarlo en todas sus partes.
Sala de la Comision, Setiembre 7 de 1842. —Agustín López. —Pedro Nolasco Vidal. —Ramon Vial.
Núm. 158
▼La Comision Militar ha examinado el anterior proyecto de lei i cree escusado alegar otras razones que las que el Presidente de la República espone en su mensaje para que la Cámara le preste su aprobacion.
Sala de la Comision, Setiembre 7 de 1842. —Agustín López. —Pedro Nolasco Vidal. —Ramon Vial.
Núm. 159
▼La Comision Militar ha examinado el anterior proyecto de lei i cree escusado alegar otras razones que las que el Presidente de la República espone en su mensaje para que la Cámara le preste su aprobacion.
Sala de la Comision, Setiembre 7 de 1842. —Agustín López. —Pedro Nolasco Vidal. —Ramon Vial.