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SESION EN 12 DE SETIEMBRE DE 1842

do no fuere posible se me continúe el goce de la pension que disfrutaba mi madre; i que no ha podido ni debido considerarse sino como un reemplazo del montepío que no se le dió por hallarse éste quebrado desde el año 13 según informaron los señores Ministros del Tesoro. La justicia de mi reclamo se apoya en los notorios servicios que prestó mi padre, los sacrificios que ha debido sufrir siendo unempleado español i que sin embargo abrazó con el mas ardiente entusiasmo la causa a la patria no solo interrumpiendo el servicio tranquilo de su oficina por salir a defender la libertad chilena en los campos de batalla sino esponiendo también la péidida de todos los bienes en España i comprometiendo de esta suerte la de toda su familia. Finalmente Soberano Señor, creo escusado dilatarme mas en demostrar los títulos que me asisten para merecer la gracia que solicito i pata cuya comprobacion acompaño todos los títulos que lo justifican. Por tanto, a Su Señoría suplico se digne mirar eon ojos de piedad mi triste situacion i decretar me continúe el goce de la referida pension que disfrutaba mi madre en la renta de correos. Es gracia. —Matilde Samaniego Rico Acedo.


Núm. 193

Excmo. señor:

Doña Matilde Samaniego, hija lejítima, soltera i única de don José Samaniego i Córdova, Ministro propietario que fué de esta Tesorería Jeneral i de doña Bernarda Acedo Rico, reverentemente hago presente a V. E. que, habiendo fallecido mi madre i habiendo cesado la pension que ella disfrutaba he quedado yo sumerjida en la mas lamentable horfandad i miserias, por cuya razón me veo en la imperiosa necesidad de acudir a V. E. solicitando se me continúe pagando la referida pension que disfrutaba mi madre i que no ha podido ni debido considerarse sino como un reemplazo del montepío que no se le dió por hallarse este quebrado desde el año 13 segun informaron los señores ministro del Tesoro. La justicia de mi reclamo se apoya en los notorios servicios que prestó mi padre i los sacrificios que ha debido sufrir siendo un empleado español i que sin embargo abrazó con el mas ardiente entusiasmo la causa de la patria no solo interrnmpiendo el servicio tranquilo de su oficina por salir a defender la libertad chilena en los campos de batalla sino esponiendo también la pérdida de todos sus bienes en España i comprometiendo de esta suerte la de toda su familia. Finalmente, Excelentísimo Señor, creo escusado dilatarme mas en demostrar los títulos que me asisten para merecer la gracia que solicito i para cuya comprobacion acompaño todos los títulos que justifican. Por tanto a V. E. suplico se digne mirar con ojos de piedad mi triste situacion i decretar se me continúe el goce de la referida pension que disfrutaba mi madre en la renta de correos; i caso que no estuviere en las facultades de V. E. el hacerlo sin la aprobación del Congreso, se digne dirijírsela apoyándola como le dicte su magnánimo corazon.

Santiago, Agosto 19 de 1842. —Matilde Samaniego Acedo Rico.


El gobierno reconoce la importancia de los servicios que prestó a la República don José Samaniego i Córdova ya como Ministro de la Tesorería Jeneral i ya como coronel de milicias; mas, no estando en sus atribuciones el acceder a esta clase de solicitudes, debe ocurrir la parte a las Cámaras Lejislativas. —Hai una rúbrica. —Aldunate.


Núm. 194

Certifico que don Domingo Herrera teniente mayor de cura de esta Iglesia Parroquial de San Justo i Pastor de Madrid que en el Libro Corriente de Matrimonio de ella a fojas doscientas ochenta i cinco vuelta hai una partida del tenor siguiente:

Partida: En la villa de Madrid en diez i nueve de Noviembre de mil setecientos noventa i seis, Yo don Saturnino Real, teniente cura de esta Iglesia Parroquial de San Justo, i Pastor de otra villa en virtud de mandamiento del señor don José Pérez García, vicario en ella i su partida, despachada en diez i siete de dicho mes por Nicolás de la Fuente, notario, no habiendo precedido ninguna de las amonestaciones que manda el Santo Concilio ni resultado impedimento alguno tomándoles su mutuo consentimiento desposé por palabras de presente que hacen, verdadero i lejítimo matrimonio i di las bendiciones nupciales al señor don José María Campo Samaniego, segundo teniente del rejimiento de infantería de Zaragoza, natural de la ciudad de Cádiz, hijo de don Manuel i de doña Francisca de Paula de Córdova, con la señora doña Bernarda Juana Acedo Rico, natural de esta Corte, hija de los señores don Juan Acedo Rico, Caballero, gran cruz de la Real i distinguida órden de Cárlos III, del Consejo de Estado, Gobernador del Real i Supremo de Castilla i Conde de la Cañada i doña Bernarda Macias, difuntos ámbos. Con Real consentimiento, mi parroquiano que vive calle del Duque de Alba, casa de las temporalidades estando en esta Iglesia siendo testigos don José Gómez Soldevilla, José del Rei i